Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Abril de 2011, C. 572. XLVI

Fecha19 Abril 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 572. XLVI.

C., M. S. s/ artículo 482 Código Civil.

Buenos Aires, 19 de abril de 2011 Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por la señora P.F. y por el señor Defensor Oficial ante esta Corte, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia n° 2 del Departamento Judicial de Quilmes, provincia de Buenos Aires, al que se le remitirán.

Este Tribunal deberá adoptar -con carácter urgentelas medidas que resulten necesarias para salvaguardar la integridad psicofísica del causante. H. saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 83. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.;MAQUEDA.

ES COPIA -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/beiro/9-septiembre/c_m_comp_572_l_xlvi.pdf Insanía - Internación - Competencia ordinaria -2-

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