Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Mayo de 2010, B. 88. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 88. XLVI.

RECURSO DE HECHO B., R.H. y otro c/ R.P. 736S. y otros s/ daños y perjuicios.

Año del B.; B.;Aires, 19 de mayo de 2010 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Altilio Vial S.A. en la causa B., R.H. y otro c/ R.;Peña 736 SA y otros s/ daños y perjuicios", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la apelante no ha cumplido con los recaudos previstos por los artículos y del reglamento aprobado por acordada 4/2007.

Por ello, se rechaza la presente queja y se da por perdido el depósito. N. y archívese. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI -J.;CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por Altilio Vial S.A., coactora en autos, representada por el Dr. D.;Alejandro Rico.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala B.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 61. -1-

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