Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Marzo de 2010, A. 1318. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 1318. XLI.

Adorno, M.;del Rosario c/ P.E.N. - ley 25.561 - dtos. 1570/01 - 214/02 s/ amparo ley 16.986.

Año del B.; B.;Aires, 30 de marzo de 2010 Autos y Vistos; Considerando:

Que el recurrente C. a que califica su pedido como aclaratoriaC pretende la reposición de la sentencia de fs. 172/174 vta. En orden al planteo efectuado, del examen de las presentes actuaciones surge que se incurrió en un error material al incluir en la sentencia del 18 de septiembre de 2007 la mención de la presente causa, en tanto ésta versa sobre un depósito judicial, motivo por el cual corresponde hacer excepción al principio establecido por esta Corte referente a que sus sentencias son irrecurribles (Fallos: 262:34; 266:275; 277:276, entre otros), y admitir el recurso de reposición deducido.

Que, por lo tanto, resulta aplicable al caso de autos el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa "EMM S.R.L." (Fallos: 330:971), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad.

El juez P. se remite a su voto en la causa "Scebba, Dora Lucía s/ sucesión ab intestato", fallada el 11 de julio de 2007.

Por ello, el Tribunal resuelve: I) Hacer lugar a lo solicitado y disponer que debe tenerse por excluida de la sentencia cuya copia obra a fs. 172/174 vta. la mención de estos autos y II) Declarar formalmente procedente el recurso extraordinario y confirmar la sentencia con los alcances que resultan de los precedentes citados. Con costas por su orden en virtud de las particularidades de la relación jurídica sobre la que versaron las actuaciones (art. 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Los-1-

textos de las sentencias a las que se remite se encuentran publicados en la página web del Tribunal (www.csjn.gov.ar). N. y devuélvase. CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M.

ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de revocatoria interpuesto por M.;del Rosario Adorno, representada por el Dr. H.;Jorge Fainberg. -2-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR