Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Noviembre de 2010, B. 554. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 554. XLV.

RECURSO DE HECHO Bambill, H.M. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ (Materia:

Previsional) pensiones.

Año del Bicentenario Buenos Aires, 2 de noviembre de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa Bambill, H.;Matea c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ (Materia: Previsional) pensiones@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la apelante no ha cumplido con el recaudo previsto en los arts. 1°, 4° y 7°, inc. c), del reglamento aprobado por acordada 4/07.

Por ello, se rechaza esta presentación directa. N. y archívese. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI (según su voto) - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA VO -1-

-2-

B. 554. XLV.

RECURSO DE HECHO Bambill, H.M. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ (Materia:

Previsional) pensiones.

Año del B. TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la presentación directa. N.- quese y archívese. E. RAUL ZAFFARONI. ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por H.;Matea Bambill, representada por la Dra.

G.;A. González Paz.

Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia N1 4 de La Plata, Provincia de Buenos Aires. -3-

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