Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Noviembre de 2010, S. 125. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 689. XLV. y otros.

RECURSOS DE HECHO R.M., J.;Emilio s/ extradición s/ incidente arresto provisorio - causa n° 10.231 y 10.710-".

Año del Bicentenario Buenos Aires, 2 de noviembre de 2010 Visto los autos:

"Recursos de hecho deducidos por la defensa de J.;Emilio Rodríguez Menéndez, en la causa 'R.;Menéndez, J.;Emilio s/ extradición s/ incidente de arresto provisorio - causa n°10.231 y 10.710', por las defensoras oficiales de D.A.A.V. en la causa A.1051.XLV. 'A.;Verrecchia, D.;Abraham y otro s/ homicidio simple reiterado causa n° 10.174-'; de M.A.;Ferrini en la causa F.113.XLVI. 'Ferrini, M.A. s/ causa n° 99'; de S.;Maximenko en la causa M.21.XLVI. 'M.;Serguei s/ causa 11.019'; de J.;CarlosM. en la causa M.173.XLVI 'M., J.;Carlos s/ causa 11.847' y de S.A.S., M.A.A. y B.;Matías Orellano en la causa S.125.XLVI. 'S., S.A. y otros s/ causa n° 9983'", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuyas denegaciones originaron estas quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se las desestima. Intímese a los recurrentes a que, dentro del quinto día, acompañen copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúen el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos-1-

Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archívense.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY. ES COPIA -2-

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