Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Agosto de 2010, M. 912. XLIV

Fecha31 Agosto 2010
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 912. XLIV.

RECURSO DE HECHO Metrovías S.A. c/ Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires s/ otros recursos.

Año del B.; B.;Aires, 31 de agosto de 2010 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Metrovías S.A. c/ Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires s/ otros recursos", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, oída la señora Procuradora Fiscal, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 91. N. y, previa devolución de los autos principales, archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de hecho deducido por la actora, Metrovías S.A., representada por los Dres.

R.;Boqué y S.;Joaquín Mora.

Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tribunales intervinientes con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T., S.;II, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. -1-

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2009/monti/oct/1/metrovias_m_912_l_xliv.pdf Competencia local - Contrato de concesión - Subterráneos.

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