Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Agosto de 2010, I. 37. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

I. 37. XLVI.

RECURSO DE HECHO Islas, M.;Leticia c/ herederos de N.A.D. s/ reclamación de filiación y petición de herencia.

Año del B.; B.;Aires, 31 de agosto de 2010 Autos y Vistos; Considerando:

Que los recursos plantean recurso de revocatoria contra la decisión de fs. 70. Tal petición resulta improcedente pues es sabido que las sentencias de la Corte no son susceptibles del recurso intentado (conf. Fallos: 311:1788 y 2422; 313:1461 y 325:3380, entre muchos otros), sin que se den circunstancias estrictamente excepcionales que autoricen a apartarse de tal principio.

Por ello, se desestima la presentación de fs.

72/74.

N..

R.L.;LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de revocatoria interpuesto por A.;María Dall'Aglio, representada por la Dra. N.;Alicia Dutil Arce, con el patrocinio del Dr. C.;Horacio Carbone.

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Azul. -1-

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