Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Agosto de 2010, A. 171. XLVI

Fecha03 Agosto 2010
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 171. XLVI.

RECURSO DE HECHO ARTV S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de revisión promovido por la concursada al crédito de Televisión Satelital Codificada.

Año del Bicentenario Buenos Aires, 3 de agosto de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la concursada en la causa ARTV S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de revisión promovido por la concursada al crédito de Televisión Satelital Codificada@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con el requisito exigido en el artículo 7°, inciso c del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, lo cual no es subsanable con posterioridad al plazo del artículo 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 74. N. y, oportunamente, archívese.

R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN C.;MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de queja interpuesto por la concursada, ARTV S.A., representada por J.O.;López.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial (Sala A).

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 20. -1-

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