Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Junio de 2010, V. 217. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 217. XLV.

RECURSO DE HECHO V., A. y otros s/ abuso sexual agravado por el vínculo y con acceso carnal Ccausa n° 92.793C.

Año del Bicentenario Buenos Aires, 1 de junio de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de H.;Néstor Anzorena en la causa V., A. y otros s/ abuso sexual agravado por el vínculo y con acceso carnal Ccausa n° 92.793C@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada.

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. R.;LUISL.;- ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P.;- JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI (según su voto).

ES COPIA VO-1-

V. 217. XLV.

RECURSO DE HECHO V., A. y otros s/ abuso sexual agravado por el vínculo y con acceso carnal Ccausa n° 92.793C.

Año del Bicentenario TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E. RAUL ZAFFA-R..

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Defensor de Pobres y Ausentes de General A., provincia de Mendoza, J.;César Bittar, a favor de H.;Néstor Anzo- rena.

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Segunda del Crimen de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza. -3-

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