Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Diciembre de 2010, P. 725. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 725. XLVI.

P., S.M. c/ Almafuerte S.A.T.A.C.I. y otro s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ les. o muerte).

Año del B.; B.;Aires, 28 de diciembre de 2010 Vistos los autos:

P., S.M. c/ Almafuerte S.A.T.A.C.I. y otro s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ les. o muerte)

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes “Nieto”, “Villarreal” y “Cuello” (Fallos:

329:3054 y 3488; 330:3483 y 331:379) y en las causas O.166.XLIII “O., M.P. c/ Microómnibus Norte S.A. y otros” y G.327.XLIII.

G., A. y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro

, sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas.

La jueza A. se remite a su disidencia en la causa “Villarreal” (Fallos: 331:379).

Por ello, por mayoría y resultando inoficioso que dictamine el señor Procurador General, con el alcance indicado, se declara-1-

admisible el recurso extraordinario y se revoca la decisión apelada. En consecuencia, se admite que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (conf. art. 16, segunda parte, ley 48).

Con costas.

N. y devuélvase.

R.L.L.;- ELENA I. HIGHTON de N.;- JUAN CARLOS MAQUEDA -E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por Trainmet Seguros S.A. en liquidación, citada en garantía, representada por la Dra. M.;Liliana Slobinsky.

Traslado contestado por S.;Maris Palomo, actora en autos, con el patrocinio letrado del Dr. J.;José H. Pérez.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala M.

Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 79. -2-

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