Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Diciembre de 2010, O. 205. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 205. XLVI.

RECURSO DE HECHO Orbis Mertig SAIC c/ Dirección General Impositiva s/ apelación.

Año del B.; B.;Aires, 21 de diciembre de 2010 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Orbis Mertig SAIC c/ Dirección General Impositiva s/ apelación”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el escrito de interposición de la queja no logra refutar los fundamentos de la resolución denegatoria del recurso extraordinario.

Por otra parte, la presentación directa no cumple con el recaudo previsto por el art.

7°, inc. a, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima el recurso de hecho planteado.

D. perdido el depósito obrante a fs.

  1. N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por:

Orbis Mertig SAIC, representada por el Dr. J.;Ignacio Barilati, con el patrocinio letrado del Dr. R.;R. Spisso.

Tribunal de origen:

Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Intervino con anterioridad: Tribunal Fiscal de la Nación.

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