Varios publicados en la fecha 15 de junio de 2012

CASA CENTRALC.C.POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Comercial Nº 17, a cargo del Dr. Federico A. Güerri, Secretaría Nº 33 a. cargo del Dr. Rafael Trebino Figueroa, sito en la calle Marcelo T.de Alvear 1840 3º piso, hace saber por cinco días que con fecha 5 de diciembre de 2011 se ha decretado la quiebra de MDQ CONSULTORA S.A. (C.U.I.T. 30-71051279-1). El síndico titular interviniente es la Contadora Andrea Lemos con domicilio en la calle Libertad 293 - 6to Piso, /Cap.Fed., Tel. 1541842292. Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico, hasta el día 06-07-2012. Fíjanse los días 03.09.2012 y 15- 10-2012, para que el síndico titular presente los informes previstos por los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522, respectivamente. Hácese saber que: a) la fallida deberá entregar al síndico en el término de 24 horas sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. b) se ordena a la fallida y terceros que entreguen al síndico los bienes de aquélla que se encuentren en su poder c) la fallida deberá de abstenerse de salir del país sin autorización previa del Tribunal. Prohíbese hacer pagos a la fallida los que en su caso serán considerados ineficaces.Intímase a la fallida a que dentro del término de 48 horas, constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Tribunal. Dado, sellado y firmado en Buenos Aires, a los 24 días del mes de mayo de 2012. Buenos Aires, 30 de mayo de 2012.Rafael Trebino Figueroa, Secretario.C.C. 5.756 / jun. 11 v. jun. 15 POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Juan Pablo Masi Juez del Juzgado de Garantías N° 4 Departamental, en la I.P.P. N° 28351-11, caratulada “Verderrosa Lucas s/ Tenencia de Estupefacientes con fines a la comercialización”, a fin de solicitar la publicación de edictos con el objeto de notificar al Sr. VERDERROSA LUCAS, D.N.I. N° 31.531.954, de lo resuelto con fecha 3 de noviembre del año 2011. La resolución que así lo dispone dice: “La Plata, 3 de noviembre de 2011. Autos y Vistos: A fin de resolver el pedido de eximición de prisión en la presente IPP N° 28351-11, en favor de Lucas Verderrosa y, Considerando:Que a fs. 1/vta. del presente incidente, el Auxiliar Letrado de la Defensoría General Departamental Dr. David Mancinelli solicita se conceda a su pupilo el beneficio de la eximición de prisión, normado en el Art. 185 y CC. del C.P.P. A fin de evaluar la procedencia del beneficio en tratamiento y en virtud de lo previsto por el Art. 186 del ritual entiendo que el hecho que se investiga por la I.P.P. de marras corresponde calificarlo ‘’prima facie” como Tenencia de Estupefacientes con fines de Comercialización en los términos del Art. 5° inc. e) de la Ley N° 23.737 (Texto Ley N° 26.052). Ahora bien, conforme lo preceptuado por la citada norma procesal, la viabilidad de la eximición de prisión se supedita a la procedencia de la excarcelación, de manera que la improcedencia de esta última echa por tierra la primera. En tal sentido, y atento el monto mínimo y máximo de pena que registra la conducta injusta investigada (Art. 5° inc. e) de la Ley N° 23.737), la excarcelación resulta improcedente, de manera que también lo es el beneficio que examino. Asimismo tengo en cuenta las características del hecho, a mi juicio de gravedad, habida cuenta de lo perjudicial y nocivo que resultan las sustancias estupefacientes para la salud de las personas, máxime cuando se comercializa con ellas, fomentado de esta forma conductas ampliamente reprobadas por el ordenamiento jurídico, como así también la pena en abstracto que registra el delito, aspectos éstos a mi entender óbices para la viabilidad de la excarcelación (Arts. 1, 148 y cc. del C.P.P.). Colofón de los argumentos expresados, y de conformidad con lo previsto por los Arts.23 inc. 9no., 185 -a contrario-, 186, sgts. y ccts. del C.P.P.; Resuelvo: I. No hacer lugar a la eximición de prisión solicitada en favor de Verderrosa Lucas Mariano, a fs.1/vta. del presente incidente, por los fundamentos precedentemente esgrimidos (Arts. 1, 148, 185 -a contrario-, 186 y CC. del Código Ritual). Notifíquese. Fdo. Juan Pablo Masi, Juez de Garantías”. María Julieta Genco, Secretaria Adscripta.C.C. 5.746 / jun. 11 v. jun. 15 POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional N° 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a JONATHAN DAVID RUIZ DÍAZ, DNI N° 36.915.253, con último domicilio en pasaje Las Tropas 1914 de Virreyes, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco (5) días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado con el fin de continuar con el trámite de la causa N° 2905 que se le sigue por el delito de Robo en grado de tentativa. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: “San Isidro, 30 de mayo de 2012. Por recibido, téngase presente lo expuesto por la defensora y no habiendo sido posible dar con el paradero del encausado de autos, intímeselo por edictos, a que dentro del quinto día de publicados, comparezca a este Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su comparendo compulsivo (Arts.129, 303 y sstes del C.P.P.). Firmado: Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: Mariela Quintana Secretaria.” Secretaría, 30 de mayo de 2012.C.C. 5.748 / jun. 11 v. jun. 15 POR 5 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de Hurlingham, Secretaría Única notifica por este medio al imputado de marras, Sr. LóPEZ HUAYLLA HILARION en los autos “López Huaylla Hilarion s/ Arts. 74 inc. A y 79 D.L. 8031/7311, Expte. N° C/711 en trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado de Hurlingham a cargo del Dr.Alejandro Daniel Cattaneo, Juez, Secretaría Única a cargo del Dr. Ángel Antonio Almeyra, la resolución interlocutoria dictada a fs. 103/104, la cual en su parte pertinente reza:“Hurlingham, 15 de marzo de 2012. Autos y Vistos: .... y Considerando: .... Resuelvo: I) Declarar extinguida la acción contravencional incoada contra López Huaylla Hilarion en las actuaciones de marras por prescripción, de conformidad con lo normado por los Arts. 3; 32 inc. b), 33 y 34 del Código de Faltas. II)... III) Regístrese, notifíquese, comuníquese la misma donde corresponda y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Alejandro Daniel Cattaneo, Juez. Hurlingham, 29 de mayo de 2012. Ángel Antonio Almeryra, Secretario.C.C. 5.751 / jun. 11 v. jun. 15 POR 5 DÍAS - La Titular del Juzgado de Garantías del Joven N° 1 del Departamento Judicial de San Isidro, sito en la calle Centenario 456 4° piso de San Isidro, hace saber que se cita y emplaza al joven NICOLÁS IVÁN BASUALDA, para que en el término de treinta días comparezcan por ante estos estrados a estar a derecho en el marco de la IPP N° 14-00-002328-12 caratulada:“Amodey, Dylan Joel y otro s/ Robo en grado de Tva.”; a fin de notificarse que por auto resolutorio del día 23 de marzo de 2012 se ha resuelto: “Autos y Vistos: Puesto a resolver la situación procesal de Dylan Joel Amodey y Nicolás Iván Basaldua, en la presente I.P.P. N° 14-00- 002328-12.- Resuelvo:... II) Sobreseer a Nicolás Iván Basualda, D.N.I. n° 39.829.156, de 15 años de edad, nacido el día 06 de septiembre de 1996, en la localidad de San Isidro, partido homónimo, domiciliado en la calle Luro 1570, de la localidad de José León Suárez partido de Gral.San Martín en orden al delito de robo en grado de tentativa (Art. 164 en función del Art. 42 y 44 del C.P.) en razón de la manda del Art. 63 de la Ley N° 13.634, Art. 323 del C.P.P. (Ley N° 11.922) y concordantes, en atención a los principios elementales del sistema acusatorio en materia penal...”. San Isidro, 28 de mayo de 2012. Cecilia B.Barros Reyes, Secretaria.C.C. 5.755 / jun. 11 v. jun. 15 POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Néstor A. de Aspro, Secretaría Única a mi cargo, en la IPP N° 06-00-039496-09 caratulada “García Carlos Isaac s/ Tva. de hurto”, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: “El Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de cinco días a GARCÍA CARLOS ISAAC, titular del DNI 27.948.196, para que comparezca ante este Juzgado al solo efecto de notificarlo del resolutorio de fs. 73/vta., en la IPP N° 39496-09, carpeta de la causa N° 19323. Fdo. Dr. Néstor A. de Aspro, Juez de Garantías”. La Plata, 24 de mayo de 2012. Alessandro F.M. Vitale, Secretario.C.C. 5.745 / jun. 11 v. jun. 15 POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en causa N° 11.328, caratulada “Guerrero Sergio Omar s/ Inf. Art. 85 Dec. Ley N° 8031/73”, argentino, con domicilio en la calle Guatemala N° 1.500 de la ciudad y Provincia de Tucumán.Notifíqueselo de la siguiente Providencia cuya parte pertinente a continuación se transcribe: “Merlo (Bs. As.), 10 de abril de 2012. Vista... Resuelta... y Considerando... Fallo:Condenando a SERGIO OMAR GUERRERO (con mayores datos personales en la causa), por considerarlo autor responsable de la comisión de una Infracción prevista y punida en el artículo 85 del Decreto Ley N° 8031/73 (Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires), al ser hallado, por preventores policíacos hábiles, vendiendo, en la vía pública, sin cumplir con los requisitos exigidos por la...

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