Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 23 de Octubre de 2015, expediente FSA 015100372/2010/CA001
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2015 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “VALDIVIEZO, M.B. c/
ANSeS y otro s/ Expedientes civiles”, Expte. N.. 15100372/2010 (Juzgado Federal de Salta Nº 1)
ta, 22 de octubre de 2015.
AUTOS Y VISTO:
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Que la cuestión planteada en el presente resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el antecedente “FIORI, I.R. c/ ANSES y otro s/ Expedientes civiles”, Expte. N..
15000255/2010, sentencia del 13 de agosto de 2015, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.
En efecto, a través de las constancias de la causa se observa que la actora obtuvo su beneficio de jubilación bajo el régimen de la ley provincial 6335/85 de la Provincia de Salta y que oportunamente requirió en sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada por la ANSES, a través de la resolución RNTE 05421/10.
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Legitimación pasiva Provincia de Salta: que la cuestión planteada por la citada codemandada resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta, en su parte pertinente, en el antecedente:
Fecha de firma: 23/10/2015 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.S., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.L.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.C.O., Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “FIORI, I.R. c/ Anses y otro s/ expedientes civiles”, expte. nº 15000255/2010, sentencia del 13 de agosto de 2015, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.
Costas de la Alzada por el orden causado (art. 21 de la ley 24.463).
Por lo que se RESUELVE:
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RECHAZAR el agravio de la codemandada Provincia de Salta dirigido a cuestionar el rechazo de la defensa de falta de legitimación pasiva y, en su mérito, CONFIRMAR lo decidido en primera instancia al respecto, en atención a lo dispuesto por la cláusula 16 y cc. del Convenio de Transferencia de Previsión Social de la Provincia de...
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