Suspensión por quiebra del empleador

AutorMiguel A. Sansó
Actualizado aJunio 2008

Comunicamos a Ud. que por quiebra de la empresa y de acuerdo a lo dispuesto por el art. 196 de la ley 24522, queda suspendido por el tÈrmino de 60 (sesenta) dÌas ColaciÛnese

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