Sociedades Comerciales Nº 4443 de 28 de Marzo de 2008

Fecha de la disposición28 de Marzo de 2008

EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTE DE PASAJEROS - SOCIEDAD DEL ESTADO - "EMPRESA VILLA MARIA" VILLA MARIA Sede social La sede social de la Empresa Municipal de Transporte de Pasajeros - Sociedad del Estado, fija su domicilio legal en calle Dr. Antonio Sobral esquina Mendoza, segundo piso oficina número doscientos ocho (208) de la ciudad de Villa María, Departamento General San Martín, provincia de Córdoba. Administración - Domicilio. La administración de la empresa municipal de transporte de pasajeros - sociedad del estado, funciona en Av. Alem Nº 263 de la ciudad de Villa María, Departamento General San Martín, Provincia de Córdoba. Objeto social: el objeto social de la empresa de transporte urbano de pasajeros, sociedad de estado, se encuentra descripto en el Art. 4, título II de la Ordenanza Municipal Número 5452 que se transcribe infra. Título II - Objeto Artículo 4º. La empresa de transporte urbano de pasajeros sociedad del estado - E.M.T.U.P. S.E. "Empresa Villa María" tendrá como principal objetivo la planificación, gestión y operación del transporte de pasajeros y afines dentro de su competencia. Autoridades y síndicos.El directorio de la Empresa Urbano de Pasajeros - Sociedad del Estado, está compuesto por: Presidente: Juan Carlos Odriozola, Vicepresidente: José Fernández, Director titular: Cr. Elvio Rubén Romani. Director suplente: Dr. Eduardo Luis Rodríguez, Síndico titular: Cr. Jorge Grasso. Síndico suplente: Dr. Leandro Antonio Fiol. Textos de: Ordenanza Nº 5452 Acta Constitutiva y Estatuto de Empresa de Transporte Urbano de Pasajeros Sociedad del Estado de fecha 23 de diciembre de dos mil cuatro, Decretos Nº 359/2004, 361/2004, 1510/2005 y 397/2006 de Designación de Autoridades y Síndicos. Acta Constitutiva y Estatutos de Empresa de Transporte Urbano de Pasajeros Sociedad del Estado - E.M.T.U.P. S.E.. En la ciudad de Villa María, Departamento General San Martín, Provincia de Córdoba, a 23 días 3 del mes de diciembre de dos mil cuatro, la señora Nora Esther Bedano de Accastello, argentina, DNI 13.772.146, casada, intendente de la Municipalidad de Villa María, nacida en fecha 24 de abril de 1960, con domicilio en Bv. Sarmiento 751 de la ciudad de Villa María, Pcia. de Córdoba, haciendo uso de las atribuciones fijadas en el artículo número 127 de la Carta Orgánica Municipal resuelv:1) Constituir una sociedad del estado cuyo capital es de Pesos Novecientos Cincuenta Mil ($ 950.000) representado por certificados nominativos, creada por Ordenanza Número 5451 del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Villa Marí.2) La sociedad se denomina Empresa de Transporte Urbano de Pasajeros Sociedad del Estado - E.M.T.U.P. S.E. "Empresa Villa María&quo;3) Se fija como domicilio legal en calle Mendoza y Antonio Sobral, segundo piso oficina número 208 de la ciudad de Villa María, Departamento General San Martín, Provincia de Córdoba, República Argentina, pudiendo establecer sucursales, filiales o representacione.4) Disponer que la sociedad se regirá por el siguiente estatuto aprobado por Ordenanza Número 5452 el que debidamente suscripto por la Intendente forma parte de este acto y se transcribe a continuación: Título I - Denominación, Régimen Legal. Domicilio. Duración.Artículo 1º: la Empresa Municipal de Transporte Urbano de Pasajeros Sociedad del Estado - E.M.T.U.P. S.E. "Empresa Villa María" creada por Ordenanza Municipal se constituye con sujeción a la misma y de acuerdo con las leyes Nº 19550 y 20705 y sus modificatorias, en lo que le fuera aplicable.Esta sociedad es de carácter unipersonal y su único socio es la Municipalidad de Villa María.Artículo 2º: El domicilio legal de la sociedad, se constituye en la ciudad de Villa María, Dpto. General San Martín, Provincia de Córdoba, pudiendo establecer delegaciones, sucursales, agencias o representaciones.La sociedad se encuentra sometida a la jurisdicción de los tribunales competentes.Artículo 3º. La duración de la sociedad es de treinta (30) años, contados a partir de la publicación de la ordenanza que le dio origen, pudiendo ser prorrogada por la Municipalidad de la ciudad de Villa María, bajo procedimiento similar al que fue creada, o el que se asimile en el futuro, conforme la Carta Orgánica Municipal y demás Ordenanzas vigentes al momento.Título II - Objeto:Artículo 4º: La Empresa de Transporte Urbano de Pasajeros Sociedad del Estado E.M.T.U.P. S.E. Empresa Villa María, tendrá como principal objetivo la planificación, gestión y operación del transporte de pasajeros y afines dentro de su competencia.Artículo 5º: Para cumplir su objeto la sociedad podrá:a) Celebrar contratos con empresas de cualquier índole (comerciales o civiles).b) Adquirir por compra o por cualquier otro título cosas inmuebles, muebles o semovientes, instalaciones y toda clase de derechos, títulos, acciones, moneda extranjera o valores; venderlos, permutarlos, cederlos o disponer de ellos, darlos en garantía y gravarlos, incluso con prendas, hipotecas o cualquier otro derecho real y constituir sobre ellos servidumbres, con la previa autorización de la asamblea.c) Celebrar con bancos oficiales y particulares, organismos internacionales de créditos y/o de cualquier naturaleza toda clase de contratos y contraer obligaciones, incluso préstamos, previa...

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