Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 8 de Febrero de 2017, expediente COM 010217/2015/CA001

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE MINORIDAD Y EDUCACION - SOEME c/ FUNDACION LAPACHO s/EJECUTIVO Expediente N° 10217/2015/CA1 Juzgado N° 1 Secretaría N° 2 Buenos Aires, 7 de febrero de 2017.

Y Vistos:

Para resolver sobre el acuse de caducidad de segunda instancia de fs. 220:

Entre las fechas de la providencia de fs. 213 -07.07.16- y del planteo de caducidad -31.10.16-, transcurrió un tiempo mayor al plazo previsto por el art.

310, inc. 2°, del C.. Procesal sin que la recurrente hubiese realizado actividad alguna tendiente a procurar la remisión de los autos a Cámara para el tratamiento de su recurso.

Habida cuenta de ello y por compartir la Sala la muy consolidada doctrina judicial establecida por esta Cámara en pleno el 29 de agosto de 1990 en los USO OFICIAL autos “B., H. c/Giangiacomo, J. s/ordinario”, procede la pretensión examinada, toda vez que es la parte recurrente la que tiene la carga de impulsar el proceso recursivo.

Por ello, se admite el planteo y se declara la caducidad de la instancia abierta en ocasión de la concesión del recurso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR