Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 23 de Septiembre de 2014, expediente FTU 040380/2013

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 40380/2013 - SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE TUCUMAN Y OTROS c/

MINISTERIO DE TRABAJO DE LA NACION Y OTROS s/

S.M. de Tucumán, 23 de septiembre de 2014.-

Y VISTO: los recursos de apelación deducidos por el Fiscal Federal (fs. 1187); por el actor (fs. 1211) y por el Ministerio de Trabajo (fs.

1212), y CONSIDERANDO:

  1. Que mediante proveído de fecha 25 de febrero de 2014 (fs.

    1145) el señor J. a quo declaró la incompetencia de la Justicia Federal para entender en la presente causa y ordenó el archivo de las actuaciones.

    Disconforme con lo resuelto la parte actora dedujo recurso de revocatoria con apelación en subsidio a fs. 1180/1183. Así mediante sentencia de fecha 19 de marzo de 2014 (fs. 1185/1186) el a quo resolvió: “

    I) HACER LUGAR al Recurso de Revocatoria interpuesto a fs. 1173/1176 en contra de la providencia de fecha 25 de febrero de 2014, atento lo considerado. II)

    COSTAS, como se consideran (art. 71 Procesal).”(sic).

    Contra dicha resolución dedujeron recurso de apelación: el Fiscal Federal N° 1 a fs. 1187, expresando agravios a fs. 1214/1216; el actor a fs. 1211 y el Ministerio de Trabajo a fs. 1212 con los agravios a fs. 1218/1223.

    Que corrido los traslados pertinentes contestó el actor a fs. 1240/1244 y a fs.

    1251/1256 respectivamente, quedando de esta manera la causa en estado de ser resuelta.

  2. En primer lugar esta Alzada estima conveniente exponer los agravios de las partes recurrentes para luego pronunciarse acerca de su procedencia.

    En oportunidad de expresar agravios el Sr. Fiscal Federal N° 1 señaló: a. que le agravia la sentencia apelada toda vez que el a quo consideró

    que la justicia federal resulta competente para entender en la presente causa, desconociendo la incompetencia dictada en autos en razón de la materia. b.

    Fecha de firma: 23/09/2014 Firmado por: SECRETARIO A CARGO Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.D.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.W., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 40380/2013 - SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE TUCUMAN Y OTROS c/

    MINISTERIO DE TRABAJO DE LA NACION Y OTROS s/

    que tratándose de un diferendo de carácter intrasindical planteado por el Sindicato de Luz y Fuerza de Tucumán con el objeto de dejar sin efecto un acto electoral la cuestión se encuentra expresamente contemplada en la ley 23.551 y debe ser sometida al fuero laboral ordinario. c. que en los supuestos contemplados en el art. 62 de la ley citada, en los que las Asociaciones Sindicales pueden acceder a la justicia federal, no se encuentran previstas las impugnaciones en elecciones sindicales. d. que el a quo al hacer lugar al recurso de revocatoria no realizó un correcto y profundo análisis de los hechos acaecidos en autos, tal como lo establece la ley procesal.

    Por su parte el Ministerio de Trabajo al expresar agravios manifestó: a. que la sentencia apelada no tuvo en cuenta la normativa legal consagrada en la ley 23.551 en que se encuadra el conflicto. b. que se agravia de que el a quo haya soslayado el dictamen del Sr. Fiscal, el cual -a su juicio-

    se ajusta estrictamente al marco normativo de la ley citada. c. que el a quo, con el fundamento de no causar un dispendio judicial innecesario e invocando razones de economía procesal, decidió revocar su propia providencia sin realizar un análisis profundo sobre la cuestión planteada.

    Finalmente el actor se...

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