Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA H, 23 de Abril de 2015, expediente CIV 025460/2013/CA001

Fecha de Resolución23 de Abril de 2015
EmisorSALA H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 25460/2013. S.B.J.M. c/S.B.J.M.S. AB INTESTATO Y OTROS s/SIMULACION Buenos Aires, de abril de 2015.- Fs. 308.

AUTOS Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a la Alzada para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 264, concedido a fs. 273, contra la decisión de fs. 261/263.- El memorial obra agregado a fs. 274/277 y no fue contestado.-

  1. Cuestiona la demandada lo dispuesto por el juez de grado en cuanto desestimó la excepción de cosa juzgada opuesta en atención a los términos de lo resuelto en los autos caratulados “N.M.A.” (Expte. N.. 64.948/2006). Centra sustancialmente su crítica en que no se consideró que el objeto de ambas causas es la validez de la cesión de derechos hereditarios, que ya fue discutida en ese proceso. El segundo agravio se refiere a la excepción de prescripción que ha sido desestimada. Refiere que ésta se interrumpe con la notificación de la demanda y no con la prueba anticipada como concluyó el juez en la resolución recurrida.

  2. Ahora bien, la presente demanda tuvo por objeto promover acción de simulación contra los Sres. A.A.G., S.D.K.B. y R.L.M.C. en virtud de los actos que el padre del actor realizó en vida, puesto que cedió los derechos hereditarios que tenía en la sucesión de su madre. Refiere que su progenitor confirió poder especial irrevocable a favor de la Sra. S.D.K.B. para que en su nombre y representación celebre escritura de cesión de derechos hereditarios a favor de A.A.G. respecto del inmueble de la calle L. 4434/36, de esta ciudad, por ante el escribano R.L.M.C..

    Fecha de firma: 23/04/2015 Firmado por: S.P., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA Por su parte, del expediente sucesorio “N.M.A. (Expte. N.. 64.948/2006)”, obrante en copias certificadas, surge que por el fallecimiento de M.A.N. le sucedió

    como único y universal heredero su hijo, J.M.S.. A fs.

    112/114 se presentó A.A.G. acompañando cesión de derechos hereditarios que le efectuara el Sr. J.M.S.B. (padre) en la sucesión de la causante. En función de ello es que el juez de grado a fs. 137 ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos conjuntamente con la cesión de derechos hereditarios. A fs. 140 dicha parte plantea revocatoria contra lo allí dispuesto, la cual fue desestimada a fs. 150 y mantenida dicha decisión en la resolución dictada por esta S. por haber quedado desierto el recurso.

  3. Expuesto lo anterior, es preciso dejar asentado en ese sentido, que “la excepción de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR