Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 27 de Diciembre de 2016, expediente CCF 004317/2012/CA001

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I Causa Nº 4317/2012 –S.

I.- “S., J. A. C/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION S/ SUMARISIMO DE SALUD”

Juzgado Nº: 5 Secretaría Nº: 10 Buenos Aires, 27 de diciembre de 2016.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs.

429, fundado a fs. 432/43 –el que no fue respondido por el actor- contra la resolución de fs. 423/425; y CONSIDERANDO:

  1. El actor inició acción judicial –con medida cautelar-

    contra la Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación solicitando la cobertura del 100% del tratamiento de radioterapia de intensidad modulada sobre próstata, a realizarse en el Centro Médico Vidt SA, todo ello conforme la indicación médica acompañada a la causa, a tenor de la enfermedad que lo aqueja –adenocarcinoma de próstata- (cfr. fs. 61/81).

    En el pronunciamiento que obra en fs. 188/190, el Sr. Juez decidió hacer lugar a la medida precautoria solicitada, conforme las indicaciones de su médico tratante. La demandada apeló dicha decisión (cfr. fs. 195/197) y ello fue confirmado por el Tribunal a fs. 395/396. Posteriormente, la accionada informó que brindaría la prestación y que ella se realizaría en el instituto “CDT SA Centro Especializado en Terapia Radiante” (cfr. fs. 199/200), que el actor cuestionó. Ante ello, se dictó una nueva resolución por medio de la cual se decidió que la demandada debía cubrir el tratamiento de radioterapia de intensidad modulada en el Centro Médico Vidt SA (cfr. fs. 317), lo que también fue apelado por la accionada (cfr. 319/320). El recurso fue declarado desierto a fs.

    352/353.

    El magistrado se pronunció sobre el fondo de la cuestión haciendo lugar a la pretensión articulada y condenando a la demandada a cubrir de manera total el tratamiento de radioterapia de intensidad modulada (IMRT) en el Centro Médico Vidt SA. Las costas fueron impuestas a la accionada (cfr. fs.

    423/425).

    Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: NAJURIETA- GUARINONI, #16083973#156232930#20161227133236478 Consta en la causa: a) el informe de la perito médica designada en la causa (cfr. fs. 404/408) y b) dictamen del Sr. Fiscal, quien entendió que la causa se encontraba en estado de dictar sentencia (cfr. fs. 421).

    La demandada interpuso recurso de apelación contra dicho pronunciamiento, el que fue concedido a fs. 430 (primer párrafo).

    También obra un recurso...

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