Por Ricardo O. Mehauod

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2013

POR

RICARDO O. MEHAUOD

Por disposición del Sra. Jueza del de Circuito C.J. N° 34 de la ciudad de Villa Ocampo (Sta. Fe) a cargo de la Dra. Graciela del C. Natta Juez Dra. Alicia Y. Yaique secretaria, en los autos “MIAN Franco Hernán y LEIVA Mario Aldo c/Otro s/Apremio”, expte. 84 año 2.011; ordeno que el Martillero Público Ricardo O. Mehauod, matr. N° 614, (C.U.I.T. 20-10063466-0), proceda a vender en pública subasta, del inmueble embargado en autos propiedad del demandado, el que se encuentra ocupado sin documentación como manifiesta el Señor Martiniano Ojeda en el acta de constatación. El que se inscribe ante el Registro General de la Propiedad al Tomo 84 Par Folio 164 N° 12377 Sección Propiedad del Departamento General Obligado y ante A.P.I., bajo la Partida Nº 03-04-00-11563/0007-2, que se llevará a cabo frente a la puerta del Juzgado Comunitario de la Pequeñas Causas de la localidad de Villa Guillermina, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, señálase el día 4 de Octubre de 2013, a las 10.30 hs., o el primer día hábil siguiente a la misma hora, si aquel resultare feriado y el mismo saldrá a la venta con la base del Avalúo Fiscal que asciende a $ 4.096,07 y si no hubiera oferta por la base, se subastará en segunda subasta con el retaso del 25% y de persistir la falta de oferente en tercera subasta Sin Base y Al Mejor Postor.- Se trata de una casa habitación, sito en la intersección de calle Córdoba y Belgrano, solar “A” de la Manzana N° XVII - (Numeración Romana) - del Plano N° 14.800, Superficie 474,95 mts.2 aprox. que corresponde al demandado. El Registro General de la Propiedad, informa que el demandado es titular registrable del inmueble, no registra hipoteca, ni inhibición, si un (1) embargo, vigente y definitivo, que es el de autos que da motivo a esta subasta, de fecha 30-07-10 Aforo 074583 Monto $ 7.911,94 - Obs. del Dominio: se traba según título, no consta lote “A”, si solar “A” s/título, consta “servidumbre y restricción que podrá transferir la vendedora”.- Descripción del inmueble: Con lo clavado, plantado, edificado y adherido al suelo una fracción de terreno ubicado en el Pueblo Villa Guillermina, Departamento General Obligado, de esta Provincia, que de acuerdo al plano número cincuenta y seis C-uno, de fecha tres de Noviembre de mil novecientos cincuenta y tres, firmado por el Agrimensor Nacional don Argentino F. Romana, registrado el catorce de Diciembre de mil novecientos cincuenta y tres bajo el número...

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