Resolucion 3/2008 - Sicpme
Fecha de disposición | 10 Enero 2008 |
Fecha de publicación | 10 Enero 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31320 |
Declárase procedente el cierre de examen por Cambio de Circunstancias del Compromiso de Precios, correspondiente a la investigación por dumping en operaciones con neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho del tipo de los utilizados en bicicletas, originarios de la República Popular China y del Reino de Tailandia.
Bs. As., 8/1/2008
VISTO el Expediente Nº S01:0117120/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 121 de fecha 19 de marzo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION se aceptó el compromiso de precios presentado por las firmas productoras exportadoras de la REPUBLICAPOPULAR CHINA(HWAFONG RUBBER CO. LTD.) y del REINO DE TAILANDIA (HWA FONG RUBBER PUBLIC COMPANY LIMITED), en la investigación por dumping a las operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINAde 'neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho del tipo de los utilizados en bicicletas' originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA y del REINO DE TAILANDIA.
Que mediante el expediente citado en el Visto, las firmas productoras exportadoras de la REPUBLICA POPULAR CHINA (HWAFONG RUBBER CO. LTD.) y del REINO DE TAILANDIA (HWA FONG RUBBER PUBLIC COMPANY LIMITED), solicitaron la revisión por Cambio de Circunstancias del Compromiso de Precios presentado por dichas firmas exportadoras para las operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de 'neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho del tipo de los utilizados en bicicletas' originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA y del REINO DE TAILANDIA, mercadería que se clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 4011.50.00.
Que, con fecha 14 de setiembre de 2005, la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,
se considera de mayor utilidad la intervención de este organismo cuando, eventualmente, se emita por parte de esa Subsecretaría la determinación final respecto de los valores normales que surjan del desarrollo de la revisión que se lleve a cabo'.
Que en base a las pruebas agregadas en el expediente mencionado en el Visto, la Dirección de Competencia Desleal dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIADE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, elevó con fecha 30 de marzo de 2006 el correspondiente Informe Relativo a la Viabilidad de Apertura de Revisión por Cambio de Circunstancias del Compromiso de Precios ofrecido por las empresas exportadoras del producto 'neumático (llantas neumáticas) nuevos de...
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