Resolucion N° 847

EmisorMrio. Infraestructura
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2014

RESOLUCION N° 847

Mendoza, 5 de diciembre de 2014

Visto el expediente N° 1291-D-14-30093-E-0-4, en el cual se gestiona la aprobación del Convenio N° 3 de Adicionales celebrado con la Empresa Sanco S.A. contratista de la obra: "Construcción Biblioteca Pública Ciudad de Tunuyán - Departamento Tunuyán - Mendoza", según contrato de obra pública aprobado por Resolución N° 294-IE-2013; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 24 del expediente de referencia, el Consejo de Obras Públicas, luego del estudio de las actuaciones, recomienda se apruebe el Convenio de que se trata.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta lo previsto por el Artículo 49 del Decreto-Ley N° 4416/80 (Obras Públicas) y en razón de lo dictaminado por el Consejo de Obras Públicas y por la Asesoría Legal del Ministerio,

En ejercicio de las facultades conferidas por Decreto-Acuerdo N° 720/1998 y Decreto-Acuerdo N° 1497/2002 y ampliatorio

EL MINISTRO

DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébese el Convenio N° 3 de Adicionales celebrado en fecha 17 de noviembre del año 2014 entre la Administración de Contratos y Obras Públicas, representada por su Titular, Ingeniero Pablo Gudiño y la Empresa Sanco S.A., representada por su Presidente, Ingeniero Jorge Sanchis, contratista de la obra: "Construcción Biblioteca Pública Ciudad de Tunuyán - Departamento Tunuyán - Mendoza", según contrato de obra pública aprobado por Resolución N° 294-IE-2013.

El instrumento que se aprueba en esta instancia forma parte integrante de la presente norma legal en fotocopia autenticada, como Anexo, constante de una (1) hoja.

Artículo 2°

El gasto emergente del Convenio aprobado por la presente resolución, será atendido por intermedio de la Tesorería General de la Provincia, con cargo al Presupuesto de Erogaciones vigente Ejercicio 2014, Unidad de Gestión de Crédito O95402-512-01-000, Unidad de Gestión de Consumo O95402, de acuerdo al siguiente detalle:

• Adicional

Obra Básica

31.332,20

• Variaciones

de Precios

10.000,00

Total General

41.332,20

Artículo 3°

Autorícese a los Servicios Administrativos del Ministerio a imputar directamente del crédito presupuestario de la partida de la obra pública de que se trata, el monto necesario para atender el Item: "Variaciones de Precios", en los casos en que la suma prevista originalmente resulte insuficiente para atender las obras en ejecución y a ejecutar en el futuro.

Artículo 4°

Comuníquese...

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