Resolución Nº 775
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Resolución Nº 775
RESOLUCIÓN Nº 775
Mendoza, 9 de diciembre de 2008Visto, Expediente N° 5468-D-08-3873 en la que se solicita la derogación de la Resolución N° 2175/04 referida al "Reglamento de Uso Público de la Reserva Laguna del Diamante" y,CONSIDERANDO:Que, la ley provincial 6045, que regula el sistema provincial de áreas naturales protegidas, consagra a la Dirección de Recursos Naturales Renovables como su autoridad de aplicación, otorgándole facultades para regular el uso público de estas áreas (Artículos 4º; 5º; 55° y 56°);Que, específicamente el Artículo 56° de la mencionada norma legal, en su inciso g) establece que entre las funciones y atribuciones de la autoridad de aplicación se encuentra la de: "establecer regímenes sobre acceso, permanencia, tránsito y actividades en las Áreas Naturales Protegidas, sujetas a su jurisdicción y el control de su cumplimiento".Que, al identificarse errores de redacción en la norma citada se hace necesaria su modificación en el articulado, debido a que se presentan confusiones para la interpretación de la misma,Que, en cumplimiento de la ley 6045 se establecen reformas necesarias para optimizar las actividades de gestión de la Reserva Natural Laguna del Diamante,Que, durante la realización de un taller con autoridades del Departamento de Áreas Naturales Protegidas, guardaparques y técnicos surge la necesidad de modificar los usos actuales del Área Protegida a fin de cumplir con los objetivos de conservación que se persiguen,Que, teniendo en cuenta que son numerosas las modificaciones propuestas a la Resolución N° 2175/04 de la Dirección de Recursos Naturales Renovables, se solicita se deje sin efecto la misma y se apruebe un nuevo reglamento de Uso de la Reserva Natural Laguna del Diamante,Por ello, en uso de las facultades que le son propias y las conferidas por la legislación vigente,EL DIRECTOR DE RECURSOSNATURALES RENOVABLESRESUELVE:Artículo 1º - Deróguese la Resolución Nº 2175/04.Artículo 2º - Apruébese el "Reglamento de Uso Público de la Reserva Natural Laguna del Diamante", el cual obra como Anexo 1 de la presente resolución.Artículo 3º - Comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Guido A. Loza_______ANEXO 1"REGLAMENTODE USO PÚBLICO DELA RESERVA NATURALLAGUNA DEL DIAMANTE"Artículo 1º - Ámbito de aplicación: El presente "Reglamento de Uso Público de la Reserva Natural Laguna del Diamante" estará destinado a regular el ingreso, circulación y a...See the full content of this document
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