Resolución Nº 1829/2012

Fecha de disposición12 Noviembre 2012
Fecha de publicación10 Enero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 12/11/2012

VISTO el Expediente N° 1.514.314/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 15/19 y a fojas 21/23 del Expediente N° 1.514.314/12 obran, respectivamente, los Acuerdos celebrados entre el SINDICATO UNICO DE SERENOS DE BUQUES, por la parte sindical, y el CENTRO DE NAVEGACION ASOCIACION CIVIL por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el Acuerdo obrante a fojas 15/19 del Expediente citado en el Visto las precitadas partes pactan, sustancialmente, condiciones salariales conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que respecto al Acuerdo obrante a fojas 21/23 del Expediente citado en el Visto, los agentes negociales, modifican las cláusulas 5 y 10.2 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 616/10.

Que el ámbito personal y territorial de aplicación de los Acuerdos se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y con la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan lo recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los acuerdos alcanzados, deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE SERENOS DE BUQUES y el CENTRO DE NAVEGACION ASOCIACION CIVIL obrante a fojas 15/19 del Expediente N° 1.514.314/12, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE SERENOS DE BUQUES y el CENTRO DE NAVEGACION ASOCIACION CIVIL obrante a fojas 21/23 del Expediente N° 1.514.314/12, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3°

— Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento...

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