Resolución N° 432/2012

EmisorFondo Transformacion Dir. Ejecutiva
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2012

RESOLUCIÓN N° 432/2012

Mendoza, 9 de mayo de 2012

Asunto: Modificación Reglamento de Condiciones Particulares Línea de Crédito "en Pesos Destinada a Financiar la Colocación de Malla Antigranizo - Ley N° 8159"

Visto: El expediente N° 258-F-10 donde obran los antecedentes de la Línea de Crédito, y;

CONSIDERANDO:

Que el 26 de marzo de 2010 la Administradora emitió la Resolución N° 34/2010 mediante la cual aprobó la "Línea de Crédito en pesos destinada a financiar la colocación de malla antigranizo – ley N° 8159", y su respectivo Reglamento de Condiciones Particulares, y que fueran después modificados por la Resolución N° 50/2011;

Que la Resolución N° 10/2005 de la Administradora, aprueba el Reglamento de Condiciones Generales, a fin de lograr una mejor comprensión por parte de los postulantes de las condiciones del financiamiento, como así también una mayor fluidez en el manejo interno de información en las distintas áreas de análisis;

Que mediante el Acta N° 07/2012, resultante de la celebración de la Sesión de la Administradora Provincial del Fondo del día 26 de abril de 2012, dicho Cuerpo Colegiado se aprobó la actualización de los montos máximos de financiamiento a otorgar por hectárea de acuerdo al Informe Técnico obrante en la citada pieza administrativa;

Que de los valores propuestos, esta Dirección opta por asistir a los productores con los valores más conservadores y que se estiman como representativos de los precios del mercado;

Que atendiendo a las mejores condiciones crediticias que se implementan en la presente resolución, se considera conveniente que dichas condiciones beneficien también a aquellos postulantes cuyas solicitudes de financiamiento no hayan sido aún contractualmente instrumentadas y que así lo soliciten;

Que ante la ausencia del Director Ejecutivo se deja a cargo de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Transformación y Crecimiento al Subdirector de Desarrollo, Dr. Pablo Javier Olaiz, D.N.I. N° 22.189.110, mediante la Resolución N° 430/2012 de esta Dirección Ejecutiva:

Que esta Resolución se dicta en virtud de la asignación efectuada por el Decreto Provincial N° 3/2012, modificatorio del Decreto Nº 347/94 (reglamentario de la Ley 6.071);

Por lo expuesto:

EL SUBDIRECTOR

DE DESARROLLO A CARGO

DE LA DIRECCION EJECUTIVA

DE LA ADMINISTRADORA, PROVINCIAL DEL FONDO

RESUELVE:

Artículo 1º

Modifícase el Reglamento de Condiciones Particulares de la "Línea de Crédito en pesos destinada a financiar la colocación de malla antigranizo, ley N° 8159", en su Capítulo 5- Condiciones del Financiamiento. Cláusula 7- Monto a Financiar, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"...7- Monto a Financiar

El monto máximo a financiar será el que demande la colocación de hasta dos (2) hectáreas de malla antigranizo, cualquiera sea el tipo de cultivo a proteger y el sistema de protección a utilizar.

A continuación se establecen valores de referencia a financiar por hectárea para los distintos tipos de sistemas de protección (de acuerdo al tipo de cultivo) considerando cuarteles estándares de aproximadamente 3 has., con un largo promedio de hileras de 120 mts. y una distancia entre postes internos de 12 mts. Asimismo, manteniendo constantes las características antes mencionadas de los cuarteles, se han calculado para cada uno de los sistemas, las variaciones de los valores de referencia, en función de la variación de la distancia entre...

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