Resolucion Nº 2.852

EmisorOsep
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2011

RESOLUCION Nº 2.852

Mendoza, 16 de diciembre de 2011.

Visto el Expte. Nº 014512-D-2011, caratulado: "Dcción. Comercialización y Servicios al Afil., informe sobre valor de cuotas de afiliación" y

CONSIDERANDO:

Que el art.2º de la Carta Orgánica de OSEP determina dos categorías de afiliados, en función de su modalidad de incorporación a la Obra Social: obligatorios y voluntarios,

Que en los afiliados voluntarios están comprendidos los afiliados "a cargo de obligatorios",

"independientes",

por convenio

y

"por continuidad desde la afiliación obligatoria",

Que el aporte de los obligatorios está fijado por ley como un porcentaje de sus haberes, mientras que la misma ley establece que será la OSEP, a través de su Directorio, la que por Resolución determinará las cuotas asistenciales de los voluntarios y las condiciones para su incorporación, teniendo tanto en cuenta la situación técnico-financiera así como la equidad entre los aportantes a un sistema solidario,

Que por los aumentos progresivos sufridos en insumos biomédicos, prácticas, medicamentos y prestaciones asistenciales, las cuotas actualmente vigentes para los afiliados voluntarios han sufrido un desajuste con la realidad de sus costos, por lo que resulta necesario efectuar una actualización que permita el mantenimiento de los servicios,

Que siendo la prioridad de OSEP administrar y cuidar el capital generado por sus afiliados obligatorios, debe en función de sus necesidades actuales ejercer su facultad de determinar el valor de las cuotas de afiliación voluntaria que se aplicarán durante el año 2012,

Por ello y atento lo informado por la Dirección de Comercialización.

EL H. DIRECTORIO

DE LA OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Autorizar a partir del día 1 de febrero de 2012, los importes que se indican a continuación para las cuotas mensuales de los Voluntarios Independientes, en los cuales se encuentra ya incluido el FEC, como así también el Anexo I que forma parte integrante de la presente norma legal:

Tipo de Afiliado

Cuota

Plan Novo

169

Titular menor de 40 años

195

Cónyuge o adherente

menor de 40 años

182

Titular entre 40 y

49 años

228

Cónyuge o adherente

entre 40 y 49 años

202

Titular entre 50 y

59 años

273

Cónyuge o adherente

entre 50 y 59 años

247

Titular

entre 60 y

65 años

455

Cónyuge o adherente

entre 60 y 65 años

429

Hijos primero y...

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