Resolución N° 4017/GCABA/SED/04
Firmantes | Perazza |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Educación |
Fecha de la disposición | 2 de Diciembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
RESOLUCIÓN N° 4017/ GCABA/ SED/ 04
SANCIONA CON SUSPENSIÓN A SUSANA B. JARDON - F.M. N° 256.584 - AGENTE DE LA ESCUELA N° 7, D.E. 20 - SUMARIO N° 283-99 -SANCIONES A AGENTES - DOCUMENTACIÓN FALSA
Buenos Aires, 02/12/2004
Visto el Expediente N° 46.431/98 y,
CONSIDERANDO:
Que por el actuado del Visto tramita el Sumario N° 283/99, ordenado mediante Resolución N° 587/PG/99, con el objeto de deslindar responsabilidades respecto de la presentación que realizara la docente Susana Beatriz Jardon, ante la Escuela N° 7, D.E. 20, de un comprobante de la Dirección de Medicina del Trabajo presuntamente apócrifo, a fin de justificar días de inasistencia, como consecuencia del accidente sufrido por ella el día 24 de marzo de 1998 en el establecimiento educativo;
Que la docente Jardon inicia la correspondiente actuación con motivo del accidente de trabajo referido supra;
Que al presentar la documentación justificativa del accidente sufrido, la Dirección Medicina del Trabajo informa que no registra los días otorgados y que no reconoce el certificado presentado por la agente, razón por la cual se deriva en la posterior investigación sumarial;
Que, en el curso de la instrucción sumarial, se tomó declaración testimonial al agente Oscar Feliz Pane (F.N° 264.875) y a la Docente Clara Ester Broteau de Granieri (F.N° 270.935); y declaración informativa a la Docente Susana Beatriz Jardon (F.N° 256.584);
Que solicitados los informes de antecedentes y concepto, decretada y tomada la declaración indagatoria a la docente Jardon, la instrucción dispone formular el cargo de haber presentado en la Escuela N° 7, D.E. 20, un comprobante de la Dirección Medicina del Trabajo apócrifo, a fin de justificar días de inasistencia debido al accidente sufrido;
Que la Junta de Disciplina, atento la facultad dispuesta por la Resolución N° 1.618/PG/02, coincidió con la formulación del cargo señalado por la Procuración General;
Que presentado el descargo de la sumariada y recibidas las declaraciones de Clara Ester Brotreau (F.M. N° 270.935), Mirta Beatriz Pérez (F.M. N° 322.457) y Nora Rosa Montes (F.M. N° 289.967) se concede el plazo para alegar;
Que en el escrito presentado por la sumariada se plantean cuestiones formales del procedimiento;
Que en atención a la defensa referida supra, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires señaló que la inobservancia u omisión del pedido de...
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