Resolución N° 2894/GCABA/SHYF/03

FirmantesAlbamonte
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 2894/ GCABA/ SHYF/ 03

APRUBA MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - APROBACIÓN , MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS , SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL , SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y PLANEAMIENTO URBANO , SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS , SECRETARÍA DE SALUD , SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Buenos Aires, 02/09/2003

Visto el Expediente N° 49.279/03, por el cual se plantea la necesidad de efectuar las modificaciones crediticias cuyo detalle obra en fojas anexas, y

CONSIDERANDO:

Que, varias unidades presupuestarias exponen la necesidad de resolver las insuficiencias crediticias que afrontan, utilizando para ello saldos disponibles correspondientes a otras partidas presupuestarias;

Que debe cumplirse con el pago del Incentivo Docente correspondiente al segundo semestre del año 2001, incorporando para ello los recursos pertinentes;

Que, asimismo, resulta necesario dar reflejo presupuestario a los incrementos en el Cálculo de Recursos vigente, provenientes tanto del ingreso de los remanentes girados por el Gobierno Nacional en cumplimiento del Fondo Educativo Permanente creado por la Ley N° 52 como de los fondos ingresados en la cuenta escritural correspondiente al Banco de Datos Genéticos;

Que, en consecuencia, corresponde adoptar las medidas necesarias para resolver las situaciones descriptas, utilizando para ello las facultades emergentes del Anexo A, Apartado I, de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2003, aprobadas por el Decreto N° 79/GCABA/03 (B.O. N° 1619);

Por ello,

LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébanse las modificaciones de créditos obrantes en el Anexo I adjunto, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°

Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Contaduría y de Recursos Humanos. Cumplido, archívese por el término de cinco (5) años. Albamonte.

ANEXOS

[Ver imagen 1]

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