Resolución N° 19/GCABA/AJG/02
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Jefe de Gobierno |
Fecha de la disposición | 3 de Julio de 2002 |
LEY N° 819
CRÉASE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL EX MERCADO NACIONAL DE
HACIENDA PARA SU TRASLADO Y TRANSFERENCIA A LA C.A.B.A. DERÓGANSE
LOS ARTS. 3° Y 4° DE LA LEY N° 622, B.O. N° 1272, Y LOS ARTS.
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, 2°, 3° Y 4° DE LA LEY N° 633, B.O. N° 1293
Buenos Aires, 11 de julio de 2002.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
— Créase la Comisión de Seguimiento del ex Mercado Nacional de Hacienda, para su traslado y transferencia definitiva, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del inmueble concesionado al "Mercado de Liniers S.A." por el Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Decreto N° 2.515/91 del Poder Ejecutivo Nacional.
— Serán funciones de la Comisión creada en el artículo 1° de la presente Ley las siguientes:
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Informar al Cuerpo sobre los avances y las condiciones de mudanza de toda la comercialización de hacienda vacuna, porcina, ovina y equina, que actualmente desarrolla el actual concesionario "Mercado de Liniers S.A."
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Realizar el seguimiento de las gestiones necesarias para el traspaso definitivo a la Ciudad de Buenos Aires, del dominio de todos los terrenos, concesionados al "Mercado de Liniers S.A."
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Verificar las condiciones de las instalaciones del inmueble, en cuanto al estado de mantenimiento y conservación del "Antiguo Edificio de la Administración de Mataderos", declarado monumento histórico por Decreto N° 1.021 de fecha 3 de Mayo de 1979 y Área de Protección Histórica Ley N° 449.
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Proponer las condiciones de remodelación y puesta en valor del área comprendida por dicho Mercado.
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Analizar las distintas propuestas de proyectos y su futura zonificación.
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Elevar a consideración de la Legislatura un informe preliminar, dentro de los treinta (30) días de constituida y elevar un informe final, quince (15) días antes del plazo establecido en el Art. 5° de la presente Ley.
— La Comisión creada en el artículo 1° de la presente Ley estará integrada por:
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Los Diputados designados oportunamente por Decretos Nros. 37/PSP/2002 y 38/PSP/2002 en el marco de las Leyes Nros. 622 y 633 respectivamente.
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Cuatro (4) representantes del Poder Ejecutivo, uno de los cuales lo hará en representación del COPUA y tres con rango no inferior a subsecretario.
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Un (1) Director de la Corporación Buenos Aires Sur S.E.
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Cinco (5) representantes de entidades...
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