Resolución N° 187/GCABA/SPU/99
Firmantes | Garcia Espil |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Secretaría de Planeamiento Urbano |
Fecha de la disposición | 1 de Noviembre de 1999 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO
RESOLUCIÓN N° 187/ GCABA/ SPU/ 99
REGÍSTRESE E IMPLEMÉNTESE EL CONVENIO ESPECÍFICO CELEBRADO CON LA FACULTAD DE ARQUITECTURA , DISEÑO Y URBANISMO DE LA U.B.A. "VARIOS ESTUDIOS DEL PLAN URBANO AMBIENTAL"
Buenos Aires, 01/11/1999
Visto el Expediente N° 46.874199 relacionado con el convenio específico
acordado entre esta Secretaría y la Facultad de Arquitectura Diseño y
Urbanismo, de la Universidad de Buenos Aires, de fecha 30/09/99, referido
. la realización del Proyecto "Varios Estudios para el Plan Urbano
Ambiental", y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 1997 se celebró un Convenio Marco registrado
con el N° 5 (BOCBA N° 161), entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
y la Universidad de Buenos Aires, con la finalidad de promover en forma
conjunta acciones tendientes al mejoramiento de la calidad de vida de
la Ciudad, creando lazos de colaboración recíproca en los campos Académico,
Científico, Técnico y Cultural;
Que según fue establecido en dicho Convenio Marco, las acciones a desarrollar
serán implementadas a través de convenios específicos, siendo los responsables
de establecer los programas, coordinarlos y realizar su seguimiento; el
Gobierno de la Ciudad, a través de sus Secretarios, y la Universidad a
través del Rectorado y sus Facultades;
Que con fecha 18/3/97 (Resolución N° 117/SPUyMA/97), esta Secretaría acordó
con la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo, la atención por parte
de esta última de los requerimientos que aquélla le formule, los que se
traducirán en estudios, investigaciones, consultorías, pasantías, proyectos
de asistencia técnica, etcétera;
Que complementando el precitado marco legal, esta Secretaría suscribió
el 30/9/99 con la citada casa de altos estudios, un convenio específico
para la realización del proyecto "Varios Estudios para el Plan Urbano
Ambiental", cuyo costo total asciende a la suma de $ 214.050, contándose
a tal efecto con la respectiva reserva presupuestaria;
Que a los fines de impulso la implementación de las acciones estipuladas
en dicho Convenio, resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo
que proceda a su registración e implementación;
Por ello,
EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO
URBANO
RESUELVE:
Regístrese.
e impleméntese con efecto al día 30 de Septiembre de 1999, el Convenio
Específico celebrado entre el suscripto y la Facultad de Arquitectura,
Diseño y Urbanismo, de la Universidad de Buenos Aires, representada por
su Decano Arq. Berardo Dujovne, para la realización del proyecto "Varios
Estudios para el Plan Urbano Ambiental", el cual como Anexo I forma
parte de la presente resolución, y cuyo presupuesto total asciende a la
suma de PESOS DOSCIENTOS CATORCE MIL CINCUENTA ($ 214.050), pagaderos
según lo establecido en la cláusula SEPTIMA del mismo.
El gasto que demande el presente convenio será imputado.
a la correspondiente partida presupuestaria del ejercicio en vigor.
La presente resolución será refrendada por el Señor Subsecretario.
de Planeamiento Urbano.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad.
de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, a la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la
Universidad de Buenos Aires, a las Subsecretarías de Planeamiento Urbano
y de Vivienda, y. a las Direcciones Generales de Escribanía General, y
de Planeamiento e Interpretación Urbanística y, para su conocimiento y
demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal
de esta Secretaría.
CONVENIO ESPECIFICO
ENTRE LA SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO Y LA FACULTAD DE ARQUITECTURA,
DISENO Y URBANISMO. "VARIOS ESTUDIOS PARA EL PLAN URBANO AMBIENTAL"
Entre la Secretaría de Planeamiento
Urbano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante "LA
SECRETARIA", con domicilio en Carlos Pellegrini 211, 8vo. Piso, de
esta Ciudad, representada por su Secretario, Arq. Enrique García Espil,
por una parte, y la Facultad de Arquitectura Diseño y Urbanismo de la
Universidad de Buenos Aires, en adelante "LA FACULTAD", con
domicilio en Ciudad Universitaria, Pabellón III, de esta Ciudad, representada
por su Decano, Arq. Berardo Dujovne, por la otra, acuerdan el presente
convenio ESPECÍFICO, anexo al Convenio Marco celebrado entre el Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires y la Universidad de Buenos Aires, con fecha
11/03/97, registrado con el N° 5/97 (BOCBA N° 161), y al Convenio Marco
entre la Secretaria de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente y la Facultad
de Arquitectura, Diseño y Urbanismo, de fecha 30/05/97, registrado por
Resolución N° 117 -SPUyMA-97, que las partes manifiestan conocer y que
estará sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: "LA SECRETARIA" encomienda a "LA FACULTAD"
la realización de los estudios detallados como programas de trabajo, en
las actas de coordinación que se adjuntan bajo numeración 1 a 5 y que
constituyen anexos del presente, como aporte a la elaboración del Plan
Urbano Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires. Los antecedentes, características
y demás detalles técnicos de los estudios que requiere "LA SECRETARIA"
son descriptos en los anexos precitados, que a todos los efectos legales
y reglamentarios, forman parte integrante del presente convenio.
SEGUNDA: A fin de establecer canales permanentes y fluidos de comunicación
entre las partes, ambas podrán nombrar representantes. La representación
de "LA FACULTAD" la ejercerá la Secretaria de Postrado y Relaciones
Institucionales. Por su parte, la representación de "LA SECRETARIA"
la ejercerá el Arq. Heriberto Allende.
TERCERA: La Dirección Técnica de cada uno de los programas de trabajo
será ejercido por quien "LA FACULTAD" establezca en cada acta
de coordinación anexa, en particular. "LA FACULTAD" podrá reemplazar
a quien ejerza la Dirección Técnica comunicándolo a "LA SECRETARIA".
CUARTA: VIGENCIA: El presente convenio tendrá una vigencia de cien
(100) días a partir de la fecha de su celebración. No obstante ello, cualquiera
de las partes podrá comunicar su voluntad de rescindir el presente con
justa causa, debiendo notificarlo a la otra por medio fehaciente, con
una anticipación de treinta días, transcurridos los cuales el presente
convenio cesará en sus efectos de pleno derecho, sin perjuicio de lo establecido
para las acciones en curso de ejecución. Asimismo, el presente convenio
podrá ser denunciado, sin expresión de causa alguna, por las partes, mediante
la notificación escrita efectuada a la contraparte con una anticipación
no menor de sesenta (60) días. La rescisión o denuncia, en su caso, no
dará derecho a indemnización de naturaleza alguna para ninguna de las
partes.
La rescisión o denuncia anticipada del convenio no podrá afectar las acciones,
en cumplimiento de la ejecución de este convenio o cualquiera de sus anexos,
que cuenten con recursos económicos asignados. Para este último caso ambas
partes se comprometen a mantener en vigencia el convenio hasta la finalización
de las actividades previstas.
QUINTA: Las prestaciones de "LA FACULTAD" en el marco
del presente convenio se regirán por lo que se establezca en las actas
de coordinación que se adjuntan bajo numeraci6n 1 a 5, las cuales constituyen
anexos que forman en su totalidad parte integrante de este instrumento.
SEXTA: DOCUMENTACION EN PODER DE "LA SECRETARIA":
"LA SECRETARIA" pondrá a disposición de "LA FACULTAD"
la documentación, antecedentes y todos aquellos elementos que posea, que
sean considerados necesarios por la FADU para la ejecución de los programas
de trabajo derivados del presente convenio, con anterioridad a su iniciación.
"LA FACULTAD" queda eximida de toda responsabilidad por la ejecución
fuera de termino de cualquiera de las prestaciones u obligaciones asumidas,
que requieran para su cumplimiento de documentación, antecedentes y o
elementos que "LA SECRETARIA" no le remita oportunamente.
SEPTIMA: MONTO TOTAL DEL CONVENIO - FORMA DE PAGO:
El monto total por todo concepto es de PESOS DOSCIENTOS CATORCE MIL CINCUENTA
($ 214.050.-). El monto consignado precedentemente incluye los contratos
de los profesionales asignados, los materiales para la producción del
estudio y los gastos que las partes determinen. La distribución de pagos
parciales y los montos totales por programa de trabajo serán de acuerdo
a la planilla que se adjunta como anexo 6 del presente.
Forma de Pago:
-
PESOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 92.620.-): Dentro de
los 30 días de la firma del convenio.
-
PESOS SESENTA MIL SETECIENTOS QUINCE ($ 60.715 -): Dentro de los 50
días de la firma del convenio, contra la presentación de un informe de
avance o de la documentación correspondiente a la primera etapa de los
trabajos detallados en las Actas de Coordinación.
-
PESOS SESENTA MIL SETECIENTOS QUINCE ($ 60.715.-): Dentro los 100 días
de la firma del convenio, contra la presentación del Informe Final que
en cada caso correspondiere. Dichos Informes Finales deberán ser presentados
en dos ejemplares, uno de los cuales será archivado en la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal de "LA SECRETARIA".
Las facturas que emita "LA FACULTAD" deberán ser confeccionadas
conforme los términos establecidos por la Dirección General Impositiva
y presentadas en original y una copia en el Centro Unico de Recepción
de Documentación de Pago dependiente de la Dirección General Contaduría
General sita en Avda. Belgrano 852 PB, de esta Ciudad de Buenos Aires,
dentro del horario de 09:30 a 15:30 horas o en el lugar donde oportunamente
se indique; conjuntamente con una copia autenticada del presente convenio
y la conformidad expresa de "LA SECRETARIA".
Junto con la presentación de facturas deberá acompañarse, obligatoriamente,
una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente
al último vencimiento del Impuesto sobre...
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