Resolución N° 3.017
Emisor | Osep |
Fecha de la disposición | 29 de Diciembre de 2011 |
RESOLUCIÓN N° 3.017
Mendoza. 29 de diciembre de 2011
VISTO: el Expte. Nº015875-D-2011, caratulado: Dcción de Atención de la Salud, Proyecto de Discapacidad, y
CONSIDERANDO:
Que en la presente pieza administrativa el Director de Atención de la Salud eleva Proyecto de reorganización de los servicios de las personas Discapacitadas, a fin de establecer pautas de trabajo que sirvan para dar cumplimiento a la Ley Provincial que se promulgue en adhesión a la Ley Nacional Nº24901 de Protección Integral de los derechos del Discapacitado.
Que es importante mencionar que este proyecto ha sido elaborado por un equipo interdisciplinario de esta Dirección, basándose para el mismo en lo establecido en la Ley Nacional 24901, Art.8º: El Poder Ejecutivo propondrá a las provincias la sanción en sus propias jurisdicciones de regímenes normativos que establezcan principios análogos a los de la presente ley y el Proyecto de Ley sancionado actualmente por ambas cámaras de la Legislatura Provincial, el cual especifica en su Art.2º: La Obra Social de Empleados Públicos
tendrá a su cargo con carácter obligatorio para sus afiliados la cobertura integral de las prestaciones enunciadas en la Ley Nº24901 y sus complementarias.
Que
la Gerencia de Control de Gestión presenta informe sobre el estimativo del impacto presupuestario esperado una vez que se haga efectiva la implementación de la Ley Provincial de Discapacidad Nº8373.
Que la Subdirección de Asuntos Jurídicos dictamina que el H. Directorio conforme a las atribuciones del Decreto Ley Nº4373/63 Art.40º inc. a) y b) y sus modificatorias, si lo estima oportuno se cree un área que en forma completa se avoque a la organización y orden que signifiquen una mejor prestación de servicios a los discapacitados conforme la Ley Nº24901, la que deberá tener interrelación con los establecimientos propios y contratados que signifiquen una más ágil y eficaz consulta de las personas discapacitadas o familiares. Los integrantes de este área deberán tener un conocimiento integral y completo de la Ley Nacional de Discapacidad Nº24901, a la que adhiere la Ley Provincial Nº8373.
Por ello;
EL H. DIRECTORIO
DE LA OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Crear.
la Gerencia de Discapacidad, la cual cumplirá con las funciones a continuación indicadas, sin ser excluyentes las demás que pudieran surgir de las reglamentaciones complementarias que se dicten en el futuro:
Administrar el Padrón Único de afiliados con discapacidad de OSEP.
Interactuar con la Dirección Provincial de Discapacidad, para lograr la implementación exitosa de la aplicación de Ley Provincial 8373, dentro del marco de la Carta Orgánica de OSEP.
Confeccionar y administrar el archivo de las prestaciones que reciben los pacientes empadronados como discapacitados.
Centralizar la gestión de todos los requerimientos realizados por pacientes con discapacidad.
Realizar la evaluación y determinación del Plan de Tratamiento (prestaciones preventivas, asistenciales, terapéuticas y/o educacionales que el paciente recibirá por parte de la Obra Social) como así también controlar la evolución de cada afiliado. Esta tarea será realizada por la Junta de Evaluación.
Realizar la autorización previa de todas las prestaciones, medicamentos y elementos de ayuda que se le hayan prescripto al afiliado con discapacidad.
Realizar auditoría en terreno de las Instituciones de discapacidad que tienen convenio vigente con OSEP.
Articular con la D.G.E. la inclusión de nuestros afiliados a los programas de integración escolar ministeriales.
Gestionar el fondo...
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