Resolución Nº 2581/GCABA/MEGC/16

FirmantesAcuña
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición30 de Junio de 2016

VISTO:

La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454) y su modificatoria N° 4.764, su

Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

1510/97 consolidado por la Ley 5454, Resolución de firma Conjunta N° 5-

MHGCMMGC-MJGGC-SECLyT-2014, el Expediente Electrónico N° 28660791-

MGEYA-DGAR-2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del Visto tramita la prórroga del contrato de locación

administrativa registrado en la Escribanía General bajo N° 13505, respecto del

inmueble sito en la Avda. Roque Sáenz Peña N° 772/84 y Tte. Gral. Juan Domingo

Perón N° 788/800 esquina Esmeralda 169/73/79/85/89 de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, con destino a la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad

Educativa;

Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

resulta de aplicación la Ley N° 2095 y modificatoria N° 4764 (Ley de Compras y

Contrataciones) reglamentada por el Decreto N° 95/GCABA/14;

Que en dicha Ley, se encuentra encuadrada la locación de un inmueble por parte del

sector público de la misma. Que el artículo 25 de la referida Ley, dispone que para la

ejecución de los contratos que contempla, la regla general es "la licitación pública o

concurso público", agregando en el artículo 26 que los procedimientos de selección del

contratista para tales operaciones son: a) Licitación o Concurso; b) Contratación

Directa y c) Remate o Subasta Pública;

Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por

Resolución N° 1906/MEGC/13 y concluyo el día 31 de enero de 2016;

Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para

prorrogar la vigencia del mismo;

Que por lo tanto, el marco jurídico en el que se halla encuadrada la prórroga de la

locación del inmueble como la que se plantea en las actuaciones del Visto, resulta del

artículo 28

inciso 12, apartado m) del Anexo I del Decreto N° 95/GCABA/2014 que.

establece: "Finalizado el plazo estipulado en el contrato, el eventual uso de la prorroga

previsto en el mismo deberá plasmarse mediante la celebración de una cláusula

adicional...";

Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el

inciso 12, artículo 28, del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014,

respecto a los apartados a) y b) y, en función de ello la Dirección General de

Administración de Bienes...

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