Resolución Nº 219 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 134
CORDOBA, (R.A.), MARTES 12 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el artículo 131,
del Decreto Nº 525/95 Reglamentario de la Ley Nº 7631, artículo 139 del
Anexo “A” de la Resolución N° 2/14 de la Secretaría de Administración Fi-
nanciera, lo informado por Contaduría General de la Provincia al Nº 10-
161/16 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Minis-
terio al Nº 381/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º DECLARAR en condición de desuso y DAR DE BAJA los bie-
nes muebles asignados a este Ministerio, detallados en Acta de Entrega
que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante de la presen-
te Resolución.
Artículo 2º TRANSFERIR sin cargo al CENTRO DE JUBILADOS Y PEN-
SIONADOS 12 DE MAYO, los bienes muebles consignados en el Artículo
1º y que por la presente Resolución Ministerial se declaran en condición
de desuso.
Artículo 3º La Repartición interviniente confeccionará la respectiva cha
de “Baja” con mención del instrumento legal autorizante y comunicará a
Contaduría General de la Provincia para su desglose.
Articulo 4º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: LIC. OSVALDO E. GIORDANO MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO: http://goo.gl/yI0Qjk
Resolución N° 219
Córdoba, 04 de Julio de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0424-054166/2014, en que se tramita el expurgo de los
expedientes contenidos en los listados obrantes en autos que se encuen-
tran archivados en el SUAC de este Ministerio, cuyo plazo de retención se
encuentra vencido.
Y CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento del Artículo 5º del Decreto Nº 1659/97, se dictó la
Resolución Ministerial Nº 112/16 por medio de la cual se dispuso la exhi-
bición por el término de veinte (20) días hábiles a contar desde la primera
publicación de edictos en el Boletín Ocial, en todos los S.U.A.C. – Mesas
de Entradas y Salidas dependientes de este Ministerio, del listado de ex-
pedientes obrante a fs. 2 a 185 de autos que se encuentran archivados en
el SUAC de este Ministerio sujetos a expurgo y la citación por edictos, a
toda persona que pudiera encontrarse legítimamente interesada en la de-
volución o desglose de piezas, respecto de un documento incluido en dicho
listado, para que tomara conocimiento del mismo y formulara peticiones.
Que el Artículo 6º del mencionado Decreto dispone que una vez evaluadas
las peticiones de particulares previstas en el Artículo 5º, el Ministro o Titular
de la entidad autárquica emitirá Resolución denitiva, ordenando la des-
trucción de los documentos que no se haya dispuesto excluir del listado.
Que a fs. 188/189 obra Acta Nº 10 de fecha 23 de octubre de 2015 sus-
cripta por la Directora de Jurisdicción de Archivo de Gobierno de Fiscalía
de Estado y la Presidente de la Junta Provincial de Historia a los nes de
determinar la documentación que no resulta susceptible de ser expurgada
para su exclusión del procedimiento de destrucción previsto en la norma-
tiva supra apuntada.
Que habiendo vencido el plazo de exhibición del listado de expedientes de
rendiciones de cuentas, la Dirección General de Coordinación Operativa
informa a fs. 195 que no se han recibido peticiones de los interesados.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo dictaminado
por el Área Legales de este Ministerio al Nº 388/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º ORDENAR la destrucción de los expedientes contenidos en
los listados obrantes en autos que se encuentran archivados en el SUAC
de este Ministerio, sujetos a expurgo y respecto de los cuales no se haya
dispuesto su exclusión de los listados conforme lo dispuesto por el Artículo
6° del Decreto N° 1659/97, cuyo plazo de retención se encuentra vencido.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: LIC. OSVALDO E. GIORDANO - MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN
TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
Resolución N° 2
Córdoba, 22 de Marzo de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0279-009796/2016 del registro de este Ministerio de
Ciencia y Tecnología.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la reimputación de los sal-
dos comprometidos no devengados de las Ordenes de Compras del en-
tonces Ministerio de Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Cientíco
Tecnológico, hoy Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Que atento a la nueva estructura orgánica, aprobada mediante Decreto N°
1791/2015, resulta necesario, a los efectos de efectivizar el pago para el
ejercicio 2016, reimputar los saldos comprometidos no devengados de las
ordenes de Compras detalladas en el Anexo I, imputando a la Jurisdicción,
Programa, Subprograma y Partida del presupuesto vigente, de conformi-
dad al Anexo II.
Por todo ello, el informe contable del Área de Contaduría y de este Mi-
nisterio de Ciencia y Tecnología, y lo dictaminado por la Subdirección de
Asuntos Legales de este Ministerio bajo el número 09/16;
LA SEÑORA DIRECTORA GENERAL

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