Resolución 576 - E.

Fecha de disposición01 Diciembre 2016
Fecha de publicación01 Diciembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 576 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2016

VISTO el EX-2016-03571349- -APN-DMENYD#MI del registro de este Ministerio, la Ley N° 27.164 y la Resolución N° 903 del 30 de junio de 2016 de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Ley N° 27.164 se aprueba el Protocolo Complementario al Tratado de Maipú de Integración y Cooperación entre la República Argentina y la República de Chile sobre la Constitución de la Entidad Binacional para el proyecto "Túnel Internacional Paso Las Leñas", suscripto en la ciudad de Santiago --República de Chile-- el 6 de enero de 2015.

Que en el artículo 2° del Protocolo Complementario citado en el considerando anterior, se establece que la Entidad Binacional para el proyecto "Túnel Internacional Paso Las Leñas" tendrá un Consejo de Administración integrado, al menos, por OCHO (8) miembros, CUATRO (4) de ellos designados por la República Argentina, UNO (1) a propuesta del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, DOS (2) del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y UNO (1) del Gobierno de la Provincia de Mendoza; y CUATRO (4) designados por la República de Chile, UNO (1) a propuesta del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, UNO (1) por el Gobierno de la Región Libertador General Bernardo O\u2019Higgins y DOS (2) por el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Que en dicho marco, mediante la Resolución N° 903/16 de este Ministerio se designó al señor Lic. Rodolfo Francisco HUICI (D.N.I. N° 8.071.553) y al Dr. Nicolás Martín BECERRA (D.N.I. N° 20.562.433), como miembros del Consejo de Administración de la Entidad Binacional para el proyecto "Túnel Internacional Paso Las Leñas", por parte del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y actuales MINISTERIO DE TRANSPORTE y MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por otra parte, en el artículo 5° del Reglamento de la Entidad Binacional Chileno-Argentina para el Proyecto Túnel Internacional Paso Las Leñas, aprobado por el Consejo de Administración de la citada Entidad Binacional en su II reunión, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo II y VIII del Protocolo Complementario aprobado por el artículo 1° de la Ley N° 27.164, se prevé que por cada miembro titular del Consejo de Administración hay un miembro alterno, quien reemplaza al titular en caso de ausencia o incapacidad con todos los derechos de éste, pudiendo...

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