Resolución 3117/2014

Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 3117/2014Bs. As., 21/11/2014

VISTO el Expediente Nº 141.731/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.549, Nº 24.241, Nº 24.557, Nº 26.425, Nº 26.773, los Decretos Nº 1.759 de fecha 27 de abril de 1972, Nº 2.104 de fecha 4 de diciembre de 2008, Nº 2.105 de fecha 4 de diciembre de 2008, la Resolución S.R.T. Nº 1.214 de fecha 22 de julio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.S.S.), hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que a través del artículo 36, apartado 1°, inciso e) de la Ley Nº 24.557 se estableció, dentro de las funciones inherentes a la S.R.T., la de dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio y determinar su estructura organizativa.

Que en tal sentido, mediante la Resolución S.R.T. Nº 1.214 de fecha 22 de julio de 2013 se aprobó la actual estructura orgánica funcional del Organismo.

Que el inciso b) del articulo 1° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, establece para los trámites que se desarrollan en su ámbito, los principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia.

Que el artículo 2° del Decreto Nº 1.759 de fecha 27 de abril de 1972 establece que “...los directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites...”.

Que con el objeto de cumplir con los principios citados en los considerandos precedentes, y luego de un análisis del diseño adoptado para la estructura que rige en este Organismo de Control hasta la fecha, se concluye que resulta imperioso realizar una restructuración de las distintas áreas que componen el Organismo a fin de la optimización del ejercicio de las funciones y misiones de la S.R.T.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 36, apartado 1°, inciso e) y el artículo 38 de la Ley Nº 24.557, del artículo 15 de la Ley Nº 26.425 y de los Decretos Nº 2.104 y Nº 2.105, ambos de fecha 4 de diciembre de 2008.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE

DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Apruébase la estructura orgánico funcional de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), de conformidad con el organigrama que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2°

— Apruébanse los Objetivos, Misiones y Funciones de las distintas áreas que se indican en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3°

— Apruébese el Glosario que como Anexo III forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 4°

— Derógase la Resolución S.R.T. Nº 1.214 de fecha 22 de julio de 2013.

ARTICULO 5°

— La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 6°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

ANEXO I

ANEXO II

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

La SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) es una entidad autárquica en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION, con las funciones y atribuciones que le otorgan las Leyes Nros. 24.557 y 26.773, el Decreto Nº 1.694/09, sus modificatorias, complementarias y reglamentarias.

Misión:

Garantizar el efectivo cumplimiento del derecho a la salud y seguridad de la población cuando trabaja, promoviendo la Cultura de la Prevención.

Controlar el efectivo cumplimiento de la normativa en materia de Higiene, Salud y Seguridad Laboral y de Prevención y Reparación de los daños derivados de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Objetivos primarios:

  1. Controlar el cumplimiento de las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

  2. Supervisar y fiscalizar el funcionamiento de las A.R.T./E.A.

  3. Controlar el cumplimiento y calidad en la realización de exámenes periódicos y preocupacionales.

  4. Garantizar el otorgamiento de las prestaciones medico-asistenciales y dinerarias en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

  5. Promover la prevención para conseguir ambientes laborales sanos y seguros.

  6. Imponer las sanciones previstas en la Ley Nº 24.557.

  7. Mantener el Registro Nacional de Incapacidades Laborales.

  8. Entender en el establecimiento conjunto con la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.) de los indicadores a tener en cuenta por las A.R.T. para establecer su régimen de alícuotas.

    Al Superintendente reportan directamente la Gerencia General; Unidad de Auditoría Interna; Gabinete de Asesores; Gerencia de Comunicación Institucional y Capacitación; Gerencia de Planificación, Información Estratégica y Calidad de Gestión; Coordinación Federal de Políticas y Programas de la S.R.T. y el Departamento de Secretaría General.

    UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

    Misión:

    Integrar el sistema de control interno con el alcance y características establecidos en la Ley Nº 24.156 y su reglamentación, aplicando un modelo de control integral e integrado que abarque aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, para la verificación del cumplimiento de políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior y del mantenimiento de un adecuado sistema de control interno en el ámbito del Organismo, privilegiando los criterios de: economía, eficacia y eficiencia.

    Funciones:

  9. Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna y someterlo a la aprobación del Superintendente y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

  10. Diseñar, planificar, coordinar y ejecutar los proyectos y actividades previstas en el Plan Anual de Auditoría Interna y los que el Superintendente o la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le encomienden.

  11. Practicar los análisis, inspecciones, verificaciones y pruebas que considerare necesarios sobre las distintas áreas, actividades, procesos o programas del Organismo y requerir la información que sea necesaria para ello.

  12. Revisar y evaluar integralmente la aplicación de controles operacionales, informáticos, contables, de legalidad y financieros.

  13. Emitir los informes resultantes de las auditorías ejecutadas y de las actividades cumplidas, y formular las recomendaciones y observaciones pertinentes, poniéndolos en conocimiento de los responsables de las áreas y elevándolos al Superintendente, como así también sometiéndolos a consideración de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

  14. Efectuar seguimientos periódicos y reportar el estado de situación de los hallazgos u observaciones originados en sus propios informes o en los generados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION u otros Organismos de control.

  15. Asesorar en la determinación de normas y procedimientos propios de Control Interno.

  16. Normar métodos y procedimientos de auditoría que resultaren aplicables en razón de los riesgos y realidades de la institución.

  17. Cumplir con los requerimientos que formule la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, en su condición de Organo Rector del Sistema de Control Interno.

    GABINETE DE ASESORES

    Funciones:

  18. Colaborar en la realización de los planes o programas de transformación, reestructuración y/o fortalecimiento del Organismo y asesorar técnicamente a sus máximas autoridades en las materias de su competencia y en las cuestiones que se les demandaren.

  19. Asesorar a la Gerencia General en las materias en que ésta sea competente.

    Departamento de Secretaría General

    Funciones:

  20. Entender en todo lo atinente al funcionamiento de la Mesa de Entradas del Organismo, efectuando y controlando el ingreso, registro, despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa.

  21. Efectuar la caratulación y/o impresión de expedientes conforme con las pautas y procedimientos administrativos de aplicación.

  22. Entender en la implementación de pautas relacionadas con Gobierno Electrónico en las actuaciones administrativas del Organismo.

  23. Efectuar el control del cumplimiento de los plazos especificados para cada tramitación en expedientes administrativos.

  24. Entender en la tenencia, custodia, archivo de los Actos Administrativos y de los expedientes documentales.

  25. Efectuar el registro de los Actos Administrativos y su publicación.

  26. Entender en el envío y recepción de documentación entre la sede central del Organismo, las Comisiones Médicas y las Oficinas descentralizadas, y mantener un registro actualizado de dicho intercambio.

  27. Elaborar y administrar la información necesaria para la gestión del área.

    COORDINACION FEDERAL DE POLITICAS Y PROGRAMAS DE LA S.R.T.

    Misión:

    Entender en la representación administrativa de la S.R.T. a nivel nacional, con el objeto de fortalecer el proceso de descentralización y suscitando vínculos institucionales con los distintos actores del Sistema de Riesgos del Trabajo locales, promoviendo el establecimiento de unidades de enlace interinstitucionales, que faciliten la acción conjunta en las materias que competen a este Organismo.

    Funciones:

  28. Coordinar la función de nexo institucional a nivel nacional entre esta S.R.T., las Administraciones de Trabajo Local, los Poderes Legislativo y Judicial y los distintos actores del Sistema de Riesgos del Trabajo; recogiendo inquietudes y brindando cooperación y asistencia técnica que la superioridad le indique.

  29. Coordinar todos los actos de gestión que se les deleguen en forma específica.

  30. Coordinar y supervisar las acciones de las...

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