Resolución 218/2011

Fecha de disposición03 Agosto 2011
Fecha de publicación03 Agosto 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32205

Miércoles 3 de agosto de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.205 34

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 218/2011

Registros N'º' 370/2011 y N'º' 371/2011

Bs. As., 30/3/2011

VISTO el Expediente N'º' 1.397.262/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/10 obra el Acuerdo celebrado entre la empresa AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANONIMA por el sector empresario y la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS) y el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL por el sector gremial, del Expediente N'º' 1.397.262/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido sobre condiciones salariales básicas y demás Ãtems, cuya vigencia y consideraciones obran en el texto al cual se remite.

Que a fojas 113/115 obra el Acuerdo celebrado entre la empresa AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANONIMA por el sector empresario y la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS) y el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL por el sector gremial, del Expediente N'º' 1.397.262/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido sobre incrementos de diferentes rubros, cuya vigencia y demás consideraciones obran en el texto al cual se remite.

Que el ámbito de aplicación de los Acuerdos, se corresponden con la actividad de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que las partes han acreditado la representación invocada y la facultad para negociar colectivamente, dándose cumplimiento asimismo con los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los Acuerdos, se procederá a girar los obrados a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 5/10 celebrado entre AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANONIMA, la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS) y el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, del Expediente N'º' 1.397.262/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 113/115 celebrado entre AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANONIMA, la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS) y el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, del Expediente N'º' 1.397.262/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5/10 y el Acuerdo obrante a fojas 113/115, del Expediente N'º' 1.397.262/10.

ARTICULO 4

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, conforme a lo establecido en el ArtÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 6

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.397.262/10

Buenos Aires, 1 de abril de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 218/11, se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 5/10 y 113/115 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 370/11 y 371/11 respectivamente. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL AUSA - FAECyS/SEC En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 dÃas del mes de abril de 2010, se reúnen en la sede central de Autopistas Urbanas S.A. por una parte el Secretario General de la Federación Argentina de Empleados de Comercio Servicios, y secretario General del Sindicato de Empleados de Comercio de Capital Federal Sr. Armando O. Cavalieri, el Secretario de Organización del Sindicato Empleados de Comercio de Capital Federal, Sr. Ramón Muerza, y la Comisión Gremial interna, conforme lo impone el artÃculo 17 de la ley 14.250 representada en adelante por los Delegados, Señores Oscar Fernando Raynoldi, Walter De Filippo, Gabriel Jaime, MartÃn Guerrero, Lorena SanMiguel, Antonella Prevedini, Mónica Barrios Fulquet y Juan Pablo Bustos, y por la otra Autopistas Urbanas S.A., en adelante “la Empresa’’, representada en este acto por el Presidente Gustavo Matta y Trejo y el Gerente General Rogelio Barrero con el propósito de materializar los consensos alcanzados en materia convencional que se vienen negociando desde el inicio del corriente año y que a continuación se detallan.

  1. Las partes iniciaron oportunamente y en orden a las particularidades que le resultan propias a LA EMPRESA, negociaciones en procura de alcanzar un Acuerdo Convencional propio, especÃfico y autónomo para el ámbito de A.U.S.A. y entre todas las partes antes mencionadas y que resultan signatarias de la presente.

  2. Luego de diversas reuniones donde se fueron tratando las distintas cuestiones de interés, en las cuales las partes expusieron sus posiciones y negociaron, dentro de las facultades legales que...

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