Resolución 739/1999

Fecha de disposición23 Noviembre 1999
Fecha de publicación23 Noviembre 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29278

MAIZ MAIZ

Resolución 739/99

Suspéndese la producción y comercialización de la semilla y de los productos y subproductos derivados de ésta provenientes de variedades e híbridos de maíz transgénico resistente al herbicida glufosinato de amonio.

Bs. As., 18/11/99

VISTO el expediente Nº 800-005479/99 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, la Resolución Nº 372 del 23 de junio de 1998 de esta Secretaria que autoriza la producción y comercialización de la semilla y subproductos derivados de ésta provenientes de variedades e híbridos de maíz transgénico resistente al herbicida glufosinato de amonio, derivados de los eventos de transformación T14 y T25, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del punto 17 de las Instrucciones contenidas en el Anexo I de la Resolución Nº 289 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, del 9 de mayo de 1997, la DIRECCION NACIONAL DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS ha producido un informe técnico sobre la repercusión de la autorización conferida por la Resolución Nº 372/98.

Que de dicho informe surge la potencial pérdida del mercado europeo de maíz, cuyas compras totales anuales promedian las DOS MILLONES OCHOCIENTAS MIL toneladas, (2.800.000 t) dado que la comercialización del evento de transformación T14 no ha sido aún autorizada en la UNION EUROPEA.

Que a mayor abundamiento, cabe señalar que la empresa AgrEvo Argentina S.A., titular del registro en la REPUBLICA ARGENTINA del evento T14, ha solicitado el pase a archivo del mencionado registro.

Que en consecuencia, es conveniente suspender transitoriamente la autorización conferida por la citada Resolución Nº 372/98 con relación a los derivados del evento de transformación T14.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 2773 del 29 de diciembre de 1992 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1º

Suspéndese la producción y comercialización de la semilla y de los productos y subproductos derivados de ésta...

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