Resolución 37/2010

Fecha de disposición04 Mayo 2010
Fecha de publicación04 Mayo 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31896

Que cumplidos los requisitos correspondientes y recabada la intervención del órgano jurídico respectivo, éste se expide en el sentido que se proceda a la baja de dicha licencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE:

Artículo 1º

Cancélase la licencia otorgada a la Empresa INFORMATION, TECHNOLOGY,

ACQUISITION CORPORATION SOCIEDAD ANONIMA (CUIT 30-63135611-3) por Resolución Nº 405 de fecha 27 de abril de 1992, dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, para la prestación del Servicio de Transmisión de Datos.

Art. 2º

La medida adoptada en el Artículo 1º, tendrá vigencia a partir del 29 de agosto de 2007.

Art. 3º

Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Decreto Nº 1759/72 (t.o. Decreto Nº 1883/91).

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Carlos L. Salas.

Secretaría de Comunicaciones TELECOMUNICACIONES Resolución 38/2010

Cancélase una licencia.

Bs. As., 14/4/2010

VISTO el Expediente Nº 21.168/1993 del Registro de la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRASY SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que se le otorgó al señor Don Carlos Raúl OSCA (CUIT 20-13042316-8) Licencia para la prestación del servicio de Repetidor Comunitario mediante Resolución Nº 23 de fecha 13 de enero de 1995 dictada por la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que la Licencia que se trata fue otorgada en los términos de la Resolución Nº 477 de fecha 17 de febrero de 1993 dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el Prestador adeudaba el pago de multas impuestas por la falta de presentación ante la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de las Declaraciones Juradas de Tasas de Control, Fiscalización y Verificación correspondientes a los períodos abarcados entre los meses de septiembre de 1995 hasta julio de 1996 y desde agosto de 1996 hasta septiembre de 2004.

Que con fecha 29 de abril de 2004, se recibe la presentación del Prestador, mediante la cual solicita la baja de la Licencia oportunamente otorgada e interpuso la prescripción de la deuda reclamada, señalando que en diciembre de 1995 comunicó la baja del servicio.

Que no constan en las actuaciones la solicitud de baja mencionada, por lo que se considera la presentación efectuada con fecha 29 de abril de 2004, como formal pedido de baja de la Licencia.

Que mediante Resolución Nº 2738 de fecha 22 de agosto de 2006, dictada por la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se resuelve desestimar el reclamo de prescripción interpuesto por el prestador, continuar con el trámite de baja de la licencia a partir del 29 de abril de 2004 y perseguir los montos adeudados hasta la citada fecha.

Que cumplidos los requisitos correspondientes y recabada la intervención del órgano jurídico respectivo, este se expide en el sentido que se proceda a la baja de dicha Licencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE:

Artículo 1º

Cancélase la Licencia otorgada al señor Don Carlos Raúl OSCA (CUIT 2013042316-8), por Resolución Nº 23 de fecha 13 de enero de 1995 dictada por la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRASY SERVICIOS PUBLICOS para la prestación del servicio de Repetidor Comunitario.

Art. 2º

La medida adoptada en el Artículo 1º, tendrá vigencia a partir del 29 de abril de 2004.

Art. 3º

Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Decreto Nº 1759/72 (t.o. Decreto Nº 1883/91).

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Carlos L. Salas.

Que la Licencia de que se trata fue otorgada en los términos de la Resolución Nº 477 de fecha 17 de febrero de 1993 dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el Artículo 11 del Decreto Nº 1185 de fecha 22 de junio de 1990 dispuso para los prestadores de servicios de telecomunicaciones una tasa en concepto de control, fiscalización y verificación.

Que el modo de cumplimiento de la obligación citada en el considerando precedente fue reglamentada a través de la Resolución Nº 1835 de fecha 30 de octubre de 1995 dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES...

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