Resolución 1711/2014

Fecha de la disposición11 de Diciembre de 2014



MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 1711/2014Bs. As., 11/12/2014

VISTO el Expediente N° 24509/2014-SSSalud, las Leyes N° 23.661 y N° 26.914, el Decreto N° 2710 del 28 de diciembre de 2012, las Resoluciones N° 1156-MS del 23 de julio de 2014, N° 1200/12-SSSalud del 21 de septiembre de 2012, N° 1511-SSSalud del 16 de noviembre de 2012 y N° 1048-SSSalud del 13 de junio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24 de la Ley N° 23.661, inciso b), prevé la utilización de los recursos del Fondo Solidario de Redistribución para apoyar financieramente a los Agentes del Seguro, en calidad de préstamos, subvenciones y subsidios, de conformidad con las normas que se dicten al efecto.

Que de acuerdo al Decreto citado en el VISTO, esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD tiene como objetivo implementar, reglamentar y administrar los recursos provenientes del Fondo Solidario de Redistribución, dirigiendo todo su accionar al fortalecimiento cabal de la atención de la salud de los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que, asimismo, es facultad de esta Superintendencia desarrollar e implementar Programas de Prevención de patologías de alto impacto económico y de aquellas que demanden una atención prolongada en el tiempo y de promoción de la salud para los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que, en tal sentido, por Resolución N° 1200/2012 SSSALUD se crea el SISTEMA UNICO DE REINTEGRO (S.U.R.), para apoyar financieramente a los Agentes del Seguro de Salud en el reconocimiento de las prestaciones médicas de baja incidencia, alto impacto económico y las de tratamiento prolongado, a fin de asegurar un tratamiento igualitario y equitativo a todos los beneficiarios del Sistema.

Que la Ley N° 23.753 garantiza el acceso integral a la cobertura de las prestaciones requeridas para el tratamiento de la diabetes, delegando en la autoridad de aplicación de la misma el dictado de normas de provisión de medicamentos e insumos.

Que el Decreto reglamentario N° 1286/2014 establece que todos los Agentes del Seguro de Salud enmarcados en las leyes N° 23.660 y N° 23.661 deberán garantizar la cobertura del ciento por ciento (100%) de todos aquellos medicamentos y reactivos de diagnósticos para autocontrol de la diabetes.

Que en tal sentido, el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley 23.753, dictó la Resolución N° 1156/2014 MS que creó el “PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION Y CONTROL DE PERSONAS CON DIABETES MELLITUS” y las “NORMAS DE PROVISION DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA PERSONAS CON DIABETES.”.

Que, asimismo, dicha Resolución aprobó el “MODELO DE CERTIFICADO PARA LA ACREDITACION DE PERSONAS CON DIABETES” que las Obras Sociales y las Entidades de Medicina Prepaga pueden expedir a través de sus efectores.

Que en virtud de ello y según los datos aportados por la...

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