Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA, 24 de Noviembre de 2015, expediente FCR 011049580/2011/CA001

Número de expedienteFCR 011049580/2011/CA001
Fecha24 Noviembre 2015
Número de registro142747692

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. Nº 11049580 C.R., de noviembre de 2.015.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados “REMENTERIA, N.L. c/ A.N.SE.S. s/ UNIFICACION REG.PREVIS. Ley 26425”, en trámite ante esta Alzada bajo el Nº

11049580/2011, provenientes del Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia.

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estos autos al acuerdo en virtud del recurso de apelación deducido a fs. 155 por la representante legal de la parte actora, Dra. M.S.L., contra la Sentencia Definitiva dictada en autos a fs. 148/152vta., en cuanto rechaza la demanda interpuesta por dicha parte.

  2. Concedido libremente el recurso a fs. 156, el expediente se radicó en esta Alzada poniéndose en Secretaría conforme lo dispone el art. 259 del CPCCN.

    Notificada la parte apelante en el domicilio constituido (diligencia de fs. 160/vta.), y tal lo que resulta de la certificación de la Actuaria a fs. 162, la misma no presentó el pertinente memorial de agravios.

  3. En consecuencia, no habiendo la apelante expresado agravios dentro del plazo establecido en el art. 259 del CPCCN, corresponde declarar desierto el recurso de apelación deducido por la parte actora, tal como lo dispone el art. 266 del código de rito.

    Por todo lo expuesto, el Tribunal RESUELVE:

    DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 155 contra la Sentencia Definitiva dictada en autos a fs...

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