Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA, 30 de Septiembre de 2015, expediente FGR 041017582/2010/1/RH001

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “O.N., M.O. c/ Estado Nacional -Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos s/ suplementos fuerzas armadas y de seguridad s/ queja” (Expte.

FGR41017582/2010/1/RH1) Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche General Roca, 30 de septiembre de 2015.

AUTOS Y VISTOS:

El recurso directo interpuesto a fs.7/11 por el demandado para decidir sobre su procedencia; Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que a fs.1 el accionado interpuso recurso de apelación contra la resolución de fs.3/6, el que fue concedido con efecto diferido a fs.2, párrafo primero.

  2. ) Que contra ese modo de concesión el apelante interpuso la presentación directa de fs.7/11 en la que sostuvo que si bien era el efecto reglado en la norma, había razones que permitían que el juez concediera recursos análogos pero de trámite inmediato, pues en definitiva aquél efecto estaba previsto para evitar dilaciones innecesarias, pero cuando razones aconsejables lo permitieran debían darse otro trámite.

  3. ) Que el trámite diferido está previsto en el art.497, párrafo segundo (ex art.505) para los supuestos en que esté pendiente la decisión sustancial en el juicio de ejecución de sentencia, caso que escapa a la tramitación que se ventila aquí, puesto que la controversia gira en torno a la liquidación del crédito, es...

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