Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 1 de Octubre de 2015, expediente CNT 020047/2011/CA001

Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO.90890 CAUSA NRO. 20047/2011 AUTOS: "R.J.M. C/ ADT SECURITY SERVICES S.A. S/ OTROS RECLAMOS-MOBBING"

JUZGADO NRO. 35 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 1 días del mes de octubre de 2.015, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La Dra. G.M.P. de I. dijo:

  1. Contra la sentencia de fs. 410/415, se alzan las partes demandada y actora a tenor de los memoriales de fs. 420/427 y fs. 433/438. Estas presentaciones merecieron las réplicas que lucen a fs. 436/438 y fs. 443/444, respectivamente. Asimismo, a fs. 416, fs. 418 y fs. 432 la perito psicóloga, el perito contador y el letrado interviniente por la parte actora apelan los porcentajes de honorarios que les fueron regulados, por considerarlos insuficientes.

  2. Memoro que en las presentes actuaciones el Sr. Juez A quo receptó –

    en lo principal- la demanda interpuesta por el accionante. Condenó a ADT SECURITY SERVICES S.A. a abonar al actor la cantidad que fijó en su pronunciamiento (v. en particular fs. 414 y vta.). La suma diferida a condena corresponde a la reparación de las consecuencias del acoso laboral y moobing que consideró comprobado y que padeció el accionante durante el lapso de la relación laboral que los uniera. Para así decidir, valoró las pruebas producidas en autos (en especial la pericia psicológica y las declaraciones de los testigos). Por otro lado, los conceptos “comisiones por ventas realizadas”, “viáticos”, “feriados no abonados”, “horas extras” y “cartera de clientes” no resultaron admitidos toda vez que no se produjo prueba tendiente a demostrar la procedencia de dichos ítems.

  3. La parte demandada apela el pronunciamiento dictado en anterior grado y se queja por el progreso de la demanda tal como ha sido decidido por el Sr. Magistrado que me precedió. Cuestiona la forma en que resultaron apreciadas las pruebas producidas y considera que el decisorio se apartó de lo concluido en la prueba pericial psicológica que se le practicó al accionante y que reporta la inexistencia de daño resarcible. Asimismo, recurre la distribución de las costas procesales y considera que los porcentajes de honorarios regulados a los profesionales intervinientes resultan elevados; en cuanto a los propios, los apela por entender que lucen bajos.

    Fecha de firma: 01/10/2015 Firmado por: GLORIA PASTEN DE ISHIHARA, JUEZA DE CAMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación La parte actora también cuestiona el fallo de Primera Instancia. Se agravia al considerar que el quantum de la condena determinada por el anterior J. resulta exiguo y solicita se eleve el mismo. Se queja por el rechazo de los conceptos: comisiones por ventas, viáticos, feriados, horas extraordinarias y cartera de clientes; rebatiendo mediante los fundamentos que expone la motivación del Sr. Juez A quo que condujo a la no recepción de los ítems antes mencionados.

  4. Cuestiones de orden metodológico llevan a dar tratamiento, en primer término, a la queja deducida por la accionada.

    En su tramo central la parte demandada se dedica a criticar el fallo recaído en lo que respecta al examen del plexo probatorio y los fundamentos que se hallan allí volcados para receptar en lo principal la pretensión...

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