Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala II, 17 de Septiembre de 2015, expediente FLP 013016459/2012/CA001

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2015
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 13016459/2012/CA1 La Plata, 17 de septiembre de 2015.

VISTO: Este expediente FLP 13016459/2012/CA1 (Reg. Int. N° 7372), caratulado: “R., A. S/uso de documento adulterado o falso (art. 296)”, procedente del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº

1, Secretaría N° 3, de La Plata.

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

  1. Llegan estas actuaciones a conocimiento de la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Oficial, Dra.

    S.M.P. ante el Juzgado Federal Nº 1 de esta ciudad, contra la resolución de fs. 251/253 que decretó el procesamiento de A.R. por considerarlo prima facie responsable de la comisión de los delitos de falsedad ideológica en grado de tentativa en concurso real, con uso de documento público falso, previstos por los arts. 293, 42; 296 en función del art. 292, y 55 del C.P.

  2. Las presentes actuaciones se formaron, a raíz de la denuncia formulada por R.O.V., ante la Unidad Funcional de Instrucción Nº 8 del Dpto.

    Judicial de S.M., Provincia de Buenos Aires, a cargo de la Dra. M.M.R..

    En esta denuncia manifestó haberse contactado telefónicamente con quien dijo ser H. G.

    D., a efectos de comprarle una camioneta marca Ford Ecosport 4x2, modelo 2007 publicada el día 21 de junio de 2009, en los avisos clasificados del diario Clarín.

    La operación comercial concluyó haciendo entrega de un Renault Clío como parte de pago, más la suma de veintiún mil pesos ($21.000).

    El denunciante refiere que al momento de intentar realizar la transferencia se anotició que la camioneta era robada. Asimismo manifestó haber recibido un llamado telefónico desde el número , en el cual quien dijo ser H.G.D., le solicitó la entrega del formulario 08, del auto Clío, firmado por el titular registral, de apellido Cejas a favor del Fecha de firma: 17/09/2015 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL denunciante, por lo cual solicitó el secuestro de su vehículo marca Renault Clío y puso su camioneta a disposición de la Fiscalía interviniente.

    Por este motivo, a fs. 119 (anexo I), se dispuso el pedido de secuestro del automóvil marca Renault Clío, dominio CPY 473, designando depositario judicial a V., quien lo había entregado en forma de pago, al momento de adquirir la camioneta Ford Ecosport; ello por haber sido víctima de una estafa.

    A fs. 255, la Sra. Agente F.M.M.R. remitió el formulario 08 N° 23395682 triplicado agregado en el legajo b provisorio del dominio CPY 473 y el informe pericial llevado adelante en esas actuaciones al Juzgado Federal en turno de esta ciudad a los fines que se investigue la posible comisión del delito de falsificación de dicho formulario.

  3. El Juzgado Federal Criminal y Correccional Nº 3 de La Plata, tomó conocimiento, a fs. 82, y a fs. 94 resolvió declarar la incompetencia en razón de los turnos judiciales. Por su parte el Juzgado Federal Nº 3 de esta ciudad tomó conocimiento a fs. 95, y a fs. 97, requirió a la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios que informe si la firma y sellos insertos en los formularios 08 Nº 23395682, del dominio CPY-473 pertenecen a la E.S.M.S.A. y todo otro dato de interés.

    La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios remitió informe pericial a fs. 100/107, en el cual se refiere que las firmas cuestionadas existentes en el dorso de la S.T. “08” Nº 23395682 (original, duplicado y triplicado) rubro “I”, que se atribuyen a la encargada M.S.A., no se corresponde gráficamente – desde el punto de vista técnico pericial – con sus pertinentes indubitadas registradas en esta Dirección Nacional, siendo por lo tanto falsas. Asimismo informó que los sellos aclaratorios Fecha de firma: 17/09/2015 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 13016459/2012/CA1 de las firmas dubitadas, atribuidas a la nombrada A., son producto de reproducciones estampadas por medio de una impresora a chorro de tinta color.

    En virtud de esta información el Sr. Fiscal manifestó que resulta competente el Juzgado Federal Nº

    1 para proseguir con la instrucción de esta causa y se abstuvo de formular el correspondiente requerimiento fiscal de instrucción en razón de la existencia de actuaciones judiciales previas. Asimismo, a fs. 112, asumió la instrucción y libró oficio al Centro Unificado de Información sobre Asignación de Solicitud y Tipo y F.A. a fin que informe los datos filiatorios de la persona que adquirió los formularios 08 Nº 23395682 y 02 Nº 183647743.

    En similar sentido, libró oficio al Registro Nacional de la Propiedad Automotor Seccional Nº 1 de Tres de febrero a efectos de solicitarle el legajo automotor dominio CPY 473.

    La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, remitió, a fs. 121, el legajo original del dominio CPY-473.

    Seguidamente, a fs. 122, el Sr. Fiscal designó audiencia para recibir declaración testimonial de R.G.C. (titular del Registro Nacional de la Propiedad Automotor de La Plata Nº 8).

    Esta declaración se encuentra agregada, a fs. 130. En lo sustancial el testigo manifestó que la firma existente en el formulario 08 perteneciente a R.A.

    fue...

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