Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 6 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 248 p 129/132.

Santa Fe, 6 de marzo del año 2.013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por M.C.T. contra la sentencia 143, de fecha 7 de junio de 2012, dictada por la Cámarade Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, en los autos caratulados "TSCHIEDER,M. delC. contra PAIROLA, Arturo -Divorcio Contencioso- (Expte. 56/11)" (E.. C.S.J.N° 374, año 2012); y,

CONSIDERANDO: 1. Por sentencia 143 del 07.06.2012, la Alzada acogió el recurso de apelación interpuestopor A.A.P., y modificó la sentencia de baja instancia -que a su hora declaró eldivorcio vincular de M. delC.T. y A.A.P., por culpa exclusiva delesposo y por la causal de adulterio e injurias graves- declarando el divorcio vincular de losesposos por la causal objetiva (art. 214, inc. 2°, Cód. Civil), con costas de ambas instancias por suorden.

Contra dicho pronunciamiento, la accionante interpuso recurso de inconstitucionalidad confundamento en el artículo 1, inciso 3), de la ley 7055.

Como fundamento de tal impugnación, le endilga a la Cámara arbitrariedad por cuanto, alrechazar las causales de adulterio e injurias graves, prescindió de analizar prueba decisiva ycontradijo constancias de autos, incurriendo en afirmaciones dogmáticas.

A este respecto, le agravia -en sustancia- que el Tribunal haya tenido por acreditada lareconciliación invocada por el demandado para eximirlo de responsabilidad, cuando en rigor-aduce- tanto el adulterio como otras injurias graves se encontraban plenamente demostradas enautos. En tal sentido, añade que al contestar la demanda el accionado aceptó su culpabilidad.

Le reprocha al A quo que para tener acreditada la reconciliación haya valoradoaisladamente una sola respuesta de la confesión de la actora sin relacionarla con lasdeclaraciones de las hijas, de los testigos y el resto del plexo probatorio. Indicó que si bien intentóperdonar a su esposo, nunca lo logró y, por tanto, no hubo verdadera reconciliación y prueba deello sería la demanda de divorcio. Citó jurisprudencia para avalar su postura.

Le achaca, también, al Oficio arbitrariedad por cuanto rechazó la causal de injurias gravesteniendo por insuficientes las declaraciones de las hijas de ambos y afirmando que la mayoría delos testigos desconocieron la personalidad adúltera del demandado.

Le atribuye, por otro lado, a la Cámara resolver cuestiones que no han sido planteadas porlas partes, conculcando la institución de la familia y los...

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