Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA, 18 de Noviembre de 2013, expediente FGR 003344/2013/1

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2013
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “Incidente de Recurso de Queja en autos PARISI, E.R. c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/ LEY DE DESALOJO”

(Expte. N°FGR3344/2013/1/RH1) Juzgado Federal de Viedma.

General Roca, 15 de noviembre de 2013.- ebm AUTOS Y VISTOS:

El presente recurso de hecho; Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el quejoso impugna el efecto devolutivo con que se concedió su recurso de apelación contra la sentencia definitiva dictada en el principal, mediante la cual se admitió el desalojo, por vencimiento de contrato, impetrado por el actor.

    Sostiene, en lo sustancial, que el cumplimiento de la sentencia ocasionaría un perjuicio irreparable a su parte –la Anses- afectando en forma directa y manifiesta prestaciones de carácter alimentario y social quedando con ello comprometido el interés público, con grave e irreversible perjuicio para los directos beneficiarios de la seguridad social.

  2. ) Que si bien el principio en punto al efecto con que debe concederse el recurso de apelación contra la sentencia definitiva dictada en proceso sumarísimo es el meramente devolutivo (es decir, el no suspensivo), la misma norma que así lo establece prevé la posibilidad de hacer excepción a esa regla –otorgando efecto suspensivo a la apelación- cuando el cumplimiento de la sentencia pudiese ocasionar un perjuicio irreparable (art.498 inc.6°

    CPC).

    —1—

    Pues bien, entiende el cuerpo que el caso efectivamente debe ser encuadrado en el supuesto de excepción al que se hizo referencia, pues no cabe duda de que el lanzamiento de la...

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