Publicaciones de la Sección Oficial de 03 de Marzo de 2017

A U TO R I D A D E S
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Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
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Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.982
AÑO CVIII/ LA PLATA, VIERNES 3 DE MARZO DE 2017
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 32 páginas
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 1386
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 1386
Varios ----------------------------------------------------------------- 1393
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 1396
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 1398
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 1400
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 1400
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 1404
Varios ----------------------------------------------------------------- 1404
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 1414
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscr iptos
en la Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 1415
Sección Oficial
LA PLATA, VIERNES 3 DE MARZO DE 2017
PÁGINA 1386 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Disposiciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PLANIFICACIÓN DEL TRÁNSITO Y
TRANSPORTE
Disposición N° 4
La Plata, 15 de febrero de 2017.
VISTO el Expediente Nº 2417-1052/16 y artículo 22 del Decreto-Ley 16.378/57 (Ley
Orgánica de Transporte de Pasajeros), los artículos 40 al 43 de su Decreto Reglamentario
Nº 6.864/58, la Resolución Nº 225 de fecha 6 de octubre de 2011 y Resolución Nº 425 de
fecha 14 de noviembre de 2014, ambas de la entonces Agencia Provincial del Transporte, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 22 de la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros dispone que : “No
podrán establecerse estaciones para servicios intercomunales sin la previa autorización
del Poder Ejecutivo, y los servicios de transporte público de pasajeros sólo podrán utili-
zar las expresamente autorizadas por la Provincia, o habilitadas en virtud de convenios
interjurisdiccionales o con las comunas. El Poder Ejecutivo, procurará la utilización con-
junta de las estaciones por todos los medios de transporte, facilitando trasbordos, com-
binaciones o intercambios y la radicación contigua de servicios anexos, promoviendo y
realizando los convenios necesarios a tal fin. A propuesta de la Dirección, el Poder
Ejecutivo podrá habilitar en cada población una estación común, imponiendo la concen-
tración en la misma de todos los servicios intercomunales que pasen o terminen en aqué-
lla, a los fines de su mejor combinación y control”;
Que el artículo 40 del Decreto 6.864/58, Reglamentario de la Ley Orgánica del
Transporte de Pasajeros, establece que las estaciones centralizadoras de servicios inter-
comunales cuya instalación o adaptación se proyecte serán aprobadas por el Poder
Ejecutivo en cuanto a las instalaciones para los mismos, comodidades para los pasaje-
ros, y en lo que se refiere al régimen de funcionamiento y tarifa, con el informe técnico de
la Dirección General del Transporte- actual Subsecretaría de Transporte de la Provincia
de Buenos Aires- previa consulta y conformidad de las municipalidades afectadas. De los
anteproyectos respectivos, deberá darse vista a las empresas afectadas;
Que en el art. 41 del precitado decreto se reglamentan las condiciones a las que deberán
sujetarse las estaciones centralizadoras para su aprobación por parte del Poder Ejecutivo;
Que en el art. 42 se dispuso que la aprobación del funcionamiento de dichas esta-
ciones traerá aparejada la obligación de hacer uso de las mismas por todas las líneas
intercomunales que determine la Dirección General del Transporte-actual Subsecretaría
de Transporte-en las condiciones que se hubieren fijado;
Que el artículo 1º de la Resolución APT Nº 225 de fecha 6 de octubre de 2011 crea el
Registro de Estaciones Centralizadoras, el cual será implementado y desarrollado por la
entonces Agencia Provincial del Transporte-actual Subsecretaría de Transporte de la
Provincia de Buenos Aires- a través de la Dirección Provincial del Transporte y Tránsito;
Que en el art. 2º de la precitada resolución se estableció la obligatoriedad de inscrip-
ción en el mismo de todas las Estaciones Centralizadoras, cuya modalidad operativa
importe la utilización de empresas intercomunales de transporte;
Que mediante el art. 3º de la Resolución N° 425 de fecha 14 de noviembre de 2014
se instruye a la Dirección Provincial de Planificación del Transporte y del Tránsito a verifi-
car la información aportada por cada Municipio, de acuerdo con lo establecido en el artí-
culo 1°, y a proceder a actualizarla y sistematizarla en el Registro de Estaciones
Centralizadoras creado por la Resolución APT N° 225/11, determinando los casos en que
se encuentran cumplidos los requisitos para la autorización y confeccionando los pro-
yectos de decreto a elevar al Poder Ejecutivo de acuerdo con lo establecido por el artí-
culo 22 de la LOTP.;
Que asimismo el art. 4° dispone que dicha autorización tendrá la vigencia de un (1)
año desde el dictado del correspondiente decreto;
Que hasta tanto ello ocurra, las Estaciones Centralizadoras cuya autorización se
encuentre en trámite continuarán funcionando o comenzarán a funcionar en forma provi-
soria, con su inscripción en el Registro de Estaciones Centralizadoras creado por la
Resolución APT N° 225/11(conf. art. 4º);
Que la Municipalidad de Roque Pérez, en cumplimiento de la normativa descripta, ha
presentado en tiempo y forma la documentación solicitando la habilitación correspon-
diente de su Estación Terminal Centralizadora;
Que la Dirección de Planificación del Tránsito, dependiente de la Dirección Provincial
de Planificación del Tránsito y Transporte ha analizado la presentación de la Municipalidad
de Roque Pérez mediante Informe Técnico de fecha 20 de diciembre de 2016;
Que la precitada Dirección advirtió que no se han acompañado la presentación de
habilitación municipal respecto de las actividades comerciales involucradas, el resumen
del historial de inspecciones, la información concerniente a los servicios de transporte de
pasajeros que emplean la Estación Centralizadora, su frecuencia, toques de dársena,
boleterías y demás instalaciones que utiliza cada empresa, estadísticas de cantidad de
pasajeros mensual y detalle de los servicios prestados, atento a que se trata de una obra
que aun no está en funcionamiento, ni hay actividad comercial;
Que Dirección Provincial de Planificación del Tránsito, luego de haber examinado la
documentación, considera suficiente a los fines de la inscripción en el Registro de Estaciones
Centralizadoras de la Estación Terminal Centralizadora de la Municipalidad de Roque Pérez
hasta tanto se dicte el pertinente decreto de autorización tal como lo expresa el artículo 4°;
Que en consecuencia esta Dirección Provincial de Planificación del Tránsito y
Transporte, dependiente de la Subsecretaría de Transporte considera pertinente la ins-
cripción en el mencionado Registro;
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Decreto-
Ley Nº 16.378/57, su Decreto Reglamentario Nº 6.864/58, el artículo 1º de la Resolución
Nº 225 de fecha 6 de octubre de 2011 de la entonces APT;
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE PLANIFICACIÓN DEL TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE
LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE, DISPONE:
ARTÍCULO 1º. Inscribir a la ESTACIÓN CENTRALIZADORA DE ROQUE PÉREZ en el
Registro de Estaciones Centralizadoras de la actual Subsecretaría de Transporte de la Provincia
de Buenos Aires a los efectos de lo dispuesto en el art. 4º de la Resolución APT Nº 425.
ARTÍCULO 2. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Tomás Daels
Director Provincial de Planificación
del Tránsito y Transporte
C.C. 2.349
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL PARA LA
GESTI´´ON DE SEGURIDAD PRIVADA
Disposición N° 3
La Plata, 3 de febrero de 2017.
VISTO el presente expedien te Nº 21.10 0-056.862/07 y su a gregado 21.100-
056.864/07 con II cuerpos en el que la empresa “SERVICIO ORGANIZADO DE SEGURI-
DAD S.A.” solicita el cambio de sede social, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 197 se agrega escrito poniendo en conocimiento el cambio de sede social
de la empresa de marras a la calle Pinzón N° 798 locales 3 y 4 de la localidad de Valeria
del Mar, Partido de Pinamar;
Que en tal sentido, a fojas 203/232 se acompaña la documental correspondiente;
Que a fojas 234 y vta. la Asesoría Letrada ha tomado intervención en el ámbito de su
competencia;
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por
la Ley Nº 12.297, su Decreto Reglamentario N° 1.897/02 y las propias del cargo;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD PRIVADA, DISPONE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar a la empresa de seguridad “SERVICIO ORGANIZADO DE
SEGURIDAD S.A.” a realizar el cambio de sede la que estará ubicada en la calle Pinzón
N° 798 locales 3 y 4 de la localidad de Valeria del Mar, Partido de Pinamar.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar y publicar. Cumplido, archivar.
Alberto Greco
Director
C.C. 2.382
FE DE ERRATAS
En la tapa de la edición Nº 27.979 se cometió un error de imprenta, donde dice “…y
Suplemento de 160 páginas de Resoluciones…” debió decir “…y Suplemento de 16 pági-
nas de Resoluciones...”.
Licitaciones
________________________________________________
UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES
Licitación Pública N° 2/17
POR 15 DÍAS – Objeto: Obra Pública: "Remodelación del segundo nivel de Aulas Sur".
Retiro de Pliegos Dirección de Suministros, Universidad Nacional de Quilmes Roque
Sáenz Peña 352. Bernal. Prov. Bs. As. 4365-7114 compras@unq.edu.ar. Sin costo.
Presentación de Ofertas: Dirección de Suministros de la Universidad Nacional de Quilmes.
En calle Roque Sáenz Peña 352. Bernal Partido de Quilmes. Prov. Bs. As.

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