Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 9, 21 de Octubre de 2014, expediente 49262/12

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2014
EmisorSala 9

Sentencia Definitiva 19648 Expediente CNT 49262/2012/CA1 Sala IX Juzgado Nº4 En la ciudad de Buenos Aires, el 21-10-14 para dictar sentencia en las actuaciones caratuladas:

PSCHEPIURCA A.C.B.N.S. S/DESPIDO

se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. R.C.P. dijo:

I- Contra la sentencia dictada en primera instancia de fs. 181/186 que hizo lugar a la demanda se alza la parte demandada a mérito del memorial agregado a fs. 171/172vta., contestado por la parte actora a fs. 176/177. Esta última parte apela en los términos del recurso de fs. 168/169vta., agravios contestados a fs. 178 y vta. por la contraparte.

II- La sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción incoada en procura del cobro de las indemnizaciones derivadas de la ruptura contractual decidida por la dependiente motiva la crítica recursiva de S.N.B. quien se considera agraviada en lo principal porque la Sra. Juez “a-quo” consideró acreditada la existencia de vínculo laboral.

En lo sustancial, la pretensora sostuvo haberse desempeñado para la reclamada desde el 20/09/10 al 12/03/12 en calidad de encargada, cumpliendo una jornada de lunes a viernes de 10 a 13 y de 17 a 20 y los sábados de 10 a 20 hs.

y realizando horas extras. Señaló que el contrato no fue registrado y que frente a la intimación cursada a efectos de que se regularice su situación, la demandada guardó

silencio, por lo que la accionante se consideró injuriada y despedida. Por último, apela por errónea la valoración de la prueba testimonial en orden a la categoría que habría detentado, en especial los dichos de los testigos C. y B..

La demandada, por su parte, invocó haber contestado la intimación de la actora; agregó que esta última no se desempeñó bajo su dependencia sino que era cliente de la veterinaria, por lo que solicita el rechazo de la acción intentada.

La parte actora apela la regulación de sus honorarios por considerarlos bajos (fs. 169vta.).

III- Por razones de orden lógico, trataré en primer término la queja de la demandada dirigida a cuestionar la calificación del vínculo y, adelanto, no obstante el esfuerzo argumental desplegado en el memorial sub examine, que la queja -en mi opinión- no puede ser receptada.

Ello así porque en el recurso articulado califica de fantasiosa la decisión recurrida señalando que la Sra. Juez de grado no habría analizado y valorado correctamente la prueba testimonial, cuestionando la ponderación de los testimonios obrantes en la causa, en especial las...

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