Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA, 4 de Julio de 2014, expediente FGR 012000038/2011

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 4 de julio de 2014.

VISTOS:

Estos autos caratulados “MALESPINA, Rodrigo –

ROLANDELLI, J.Á. s/ seguridad pública” (Expte.Nº FGR

12000038/2011), venidos del Juzgado Federal de General Roca;

y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con cuanto establece el art.26 del decreto ley 1.285/58, es facultad de las cámaras de apelaciones dictar sus resoluciones interlocutorias por voto de los magistrados que las integran, por lo que en esta ocasión cada uno de los miembros del tribunal emitirá su opinión en la forma que sigue.

El doctor R.F.G. dijo:

  1. Contra el auto de fs.244/245 que resolvió declarar extinguida la acción penal por prescripción en base a la doctrina fijada por esta cámara en autos “Espinoza”,

    sent.int.146/13, respecto del hecho verificado el 17 de enero de 2011 y, en consecuencia, sobreseyó a R.L.M. y a J.Á.R., dedujo el Ministerio Público Fiscal el recurso de apelación de fs.246/247.

  2. El remedio interpuesto por el Ministerio Público Fiscal resulta sustancialmente análogo al examinado por el tribunal al pronunciarse in re “FIGUEROA, L.A. s/

    seguridad pública” (sent.int.51/14), a cuyos fundamentos considero corresponde remitir con copia antepuesta a la presente para evitar innecesarias reiteraciones.

    En efecto, en el presente caso también hizo el a quo correcta aplicación del criterio fijado por esta cámara en el citado antecedente “E.”, dado que el hecho se —1—

    verificó el 17 de enero de 2011 y, a fs.2 el...

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