Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL, 21 de Febrero de 2017, expediente CCC 049047/2016/TO01

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49047/2016/TO1 Buenos Aires, 21 de febrero de 2017.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la presente CAUSA Nº

49.047/2016 (Registro Interno N° 5017) seguida contra M.A.T. –A., D.N.

  1. N° 24.229.982, nacido el 17/12/1974 en capital federal, casado, changarín, hijo de M.Á.T. y de O.A.V., con ultimo domicilio en una casa rodante blanca marca “ivecco” estacionada frente a la calle P. 2326 (altura Warnes 1450) de la C.A.B.A., te. 15.3475.9059 y 4581.1991, con P.. Pol. RH 258.475 y RNR 02933539- en orden al delito de ROBO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA (arts. 42, 45 y 164 del C.P.) que tramita por ante este Tribunal Oral en lo Criminal N° 29, integrado por el Dr. R.G.G., quien preside estas actuaciones y por los Dres. J.M.R.P. y M.C.D.G., como Vocales.

    Intervienen en el proceso el Sr. Fiscal General ante este Tribunal, Dr. H.J.F. y el Dr. M.T., defensor coadyuvante de la Defensoría Oficial N°11, en defensa del imputado.

    Practicado el sorteo correspondiente para el tratamiento de las cuestiones objeto del juicio, el orden de votos es el siguiente: D..

    G., R.P. y D.G..

    RESULTA:

    Fecha de firma: 21/02/2017 Firmado por: M.C.D.G., JUEZ Firmado por: R.G.G., JUEZ Firmado por: J.M.R.P., JUEZ Firmado(ante mi) por: E.M.L., SECRETARIA #28875953#168616873#20170209152225015

  2. Que las partes han solicitado a fs. 86/87, la aplicación del procedimiento de juicio abreviado en las presentes actuaciones y respecto del hecho imputado a M.Á.T..

    En dicha petición, el Sr. Fiscal General mantuvo la calificación legal propiciada en el requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 60/61 por el delito de robo simple en grado de tentativa -arts. 42, 45 y 164 del C.P.-.

    Dicho encuadre legal fue realizado conforme la base fáctica descripta en la requisitoria de elevación a juicio mencionada precedentemente.

    En cuanto al pedido de pena, solicitó la aplicación de una pena de dos meses de prisión y costas, en orden al delito mencionado.

    En base a lo expuesto, se dio cumplimiento con la audiencia de conocimiento personal prevista en el artículo 41 del C.P. y el Tribunal declaró admisible la aplicación del procedimiento contemplado en la normativa citada (fs. 89/90).

    Por otro lado, con posterioridad a la celebración del acuerdo, la defensa del imputado solicitó que se contemple la posibilidad de sustituir la pena solicitada en el acuerdo de juicio abreviado, por el régimen de realización de trabajos para la comunidad, previsto en los arts. 35 inc “e” y 50 de la ley 24.660. (fs. 91)

    Y CONSIDERANDO:

    Sobre las cuestiones en tratamiento, el juez G., dijo;

  3. La acreditación del hecho y la intervención del Fecha de firma: 21/02/2017 Firmado por: M.C.D.G., JUEZ Firmado por: R.G.G., JUEZ Firmado por: J.M.R.P., JUEZ Firmado(ante mi) por: E.M.L., SECRETARIA #28875953#168616873#20170209152225015 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49047/2016/TO1 acusado en el mismo.

    1) Tengo por acreditado con el estado de certeza que exige un pronunciamiento de esta naturaleza que el imputado M.Á.T., el día 10 de agosto de 2016, siendo las 21.15 horas aproximadamente, intentó apoderarse ilegítimamente y mediante fuerza en las cosas, de una bagueta de aluminio perteneciente al rodado marca jeep, modelo “estanciera”, dominio TCY-859, propiedad de C.F.M. En aquella oportunidad, el testigo R.G.B. se dirigió desde su vivienda hacia un supermercado de la zona, oportunidad en que advirtió la presencia de una persona de sexo masculino que se encontraba mirando hacia el interior del vehiculo de mención, el cual se hallaba estacionado en Gral. M.R. 1930 de esta Ciudad; y que se encontraba realizando un efecto de palanca con un elemento cortopunzante sobre la bagueta superior del rodado estacionado. Transcurridos unos quince minutos, M. regresó del supermercado y logró observar que de la parte delantera izquierda del automóvil aludido, se encontraba colgada una varilla metálica, y próximo a ella, el sujeto antes mencionado, sin perjuicio de los cual se dirigió hacia su domicilio. Desde el balcón de dicho sitio, el testigo advirtió el paso de un móvil policial, al cual le informó mediante señas lo que estaba aconteciendo, sin perder de vista al individuo de mención.

    Por su parte, el preventor C.I.F.A. de la Seccional N° 29 de la PFA, que se hallaba recorriendo el radio jurisdiccional por la Av. J.B.J., al llegar a la intersección de Fecha de firma: 21/02/2017 Firmado por: M.C.D.G., JUEZ Firmado por: R.G.G., JUEZ Firmado por: J.M.R.P., JUEZ Firmado(ante mi) por: E.M.L., SECRETARIA #28875953#168616873#20170209152225015 la mencionada arteria con la calle M.A.R. fue alertado por el Sr. Baños de lo relatado precedentemente, pudiendo también advertir la presencia del imputado junto al vehiculo de marras, el cual fue identificado como M.Á.T.. En función de ello, procedió a la detención del nombrado y al secuestro de la camioneta, una lientera de color verde, un destornillador con la inscripción “Phillips”, una bagueta de aluminio, una cuchilla con mango color blanco con la inscripción “Tramontina”, dos cuchillos de acero tipo serrucho con mango negro y una hoja de acero tipo serrucho sin inscripción; labrando las actas de estilo, todo ello en presencia de testigos convocados a tales efectos.

    2) Los hechos relatados se han podido reconstruir fundamentalmente a partir de los dichos del testigo R.G.B. (fs. 9) quien refirió que el día del hecho, siendo las 21.15 hs aproximadamente, en momentos en que concurrió hacía la vía pública de la calle M.A.R., con el fín de dirigirse hacia un supermercado de origen chino, el cual se encuentra ubicado en la intersección de las calles M.A.R. y la calle B. delP. de esta Ciudad, y que a pocos metros de su vivienda, pudo observar un masculino de 1.80 mts de altura, de contextura física delgada, quien vestía un pantalón de jean de color negro y sweater de color beige, quien se encontraba próximo a un vehiculo particular marca “jeep”, modelo “Estanciera”, dominio TCY- 859 y que a su vez se...

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