Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 26 de Mayo de 2016, expediente CCC 062876/2013/TO01

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Buenos Aires, 26 de mayo de 2016.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 13, los Dres. A.C., C.M. y E.G., juntamente con el Sr. Secretario Dr. J.P.A., para dictar sentencia en la causa n° 62876/2013 que, por el delito de abuso sexual simple, se le sigue a E.J.N., argentino, nacido el 7/9/1981, hijo de E.L. y de B.M., identificado con DNI nº 29.032.700, prontuario policial CI 13.584.752, prontuario reincidencia 02745937, con domicilio en la calle C.P. 3872, planta baja de esta ciudad y con domicilio constituido en Viamonte 1685, piso 10° de esta ciudad, junto con la defensora oficial, Dra.

M.S., interinamente a cargo de la Defensoría Oficial nº 7, quien asiste técnicamente al imputado e interviene en el proceso junto con el Sr. Fiscal General, D.J.C.C..

Y CONSIDERANDO:

Primero
Hecho

En el requerimiento de elevación a juicio de fs. 109/112 se imputó

a E.J.N. el siguiente hecho:

Que el 5 de noviembre de 2013, alrededor de las 14:45 hs., abusó

sexualmente de V.R.B., encontrándose esta en el interior de la Clínica Bazterrica en la que ambos cumplían funciones –sita en la intersección de las calles J. y B.- más precisamente en el sector de cocina.

Así, el día del ilícito, la damnificada, llegó a trabajar a dicha clínica unos minutos antes de que comenzara su horario laboral –el cual era de 15:00 a 23:00 hs.- y fue al sector de la cocina. Allí se aproximó por detrás E.J.N., quien se desempeñaba como mozo en dicho sector, tomándola de ambas muñecas y apoyando sus partes genitales sobre B. separándole las piernas, motivo por el cual la damnificada lo empujó, solicitándole que la soltara.

Fecha de firma: 26/05/2016 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.P.J.A., SECRETARIO DE CAMARA #27296065#154204720#20160527074612500 Dadas estas circunstancias, se retiró del lugar en busca de las encargadas de la cocina, C. y Lucía para informarles lo sucedido.

Es así que al ver que la denunciante lloraba, éstas le dijeron que le restara importancia a lo ocurrido. Asimismo, cuando comunicó que iría a la Comisaría a presentar la denuncia correspondiente, C. le aconsejó

que no lo hiciera ya que podría perder el trabajo.

Sin perjuicio de ello, B. se presentó en la seccional interventora dando inicio a la presente, manifestando su deseo de instar la acción penal.

Por último, agregó que los hechos habían sido presenciados por uno de sus compañeros, G.A., quien declaró que el día del ilícito escuchó a V., diciendo “conseguiste a un buen abogado”

mientras se dirigía hacia el interior de la cocina, sin saber G. a quien se referían esos dichos, enterándose posteriormente que la denunciante y el imputado habían mantenido una discusión.

Segundo

Prueba:

La materialidad del hecho descripto en el acápite primero y la autoría del mismo por parte del imputado E.J.N. se encuentra acreditada mediante las siguientes pruebas:

a)El testimonio de V.A.B. de fs. 2, oportunidad en la que manifestó que se desempeña en la Clínica Bazterrica en el sector de cocina, desde hace seis meses en el horario de 15 a 23 hs. Siendo las 14:45 hs. aproximadamente estaba en dicho lugar, había llegado un poco más temprano de lo habitual, se le aproximó un compañero que se desempeña como mozo, de nombre E., la tomó de ambas muñecas desde atrás apoyando sus partes genitales sobre ella, separándole las piernas. Ella lo empujó con el cuerpo y le pidió que la soltara. Luego de ello la dicente se retiró en busca de C. y Lucía que se desempeñan en el mismo sector para informarles lo que había pasado. Las nombradas le dijeron que se tranquilice, que había sido una cosa sin importancia. Es su deseo instar la acción penal.

Fecha de firma: 26/05/2016 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.P.J.A., SECRETARIO DE CAMARA #27296065#154204720#20160527074612500 A fs. 23/24, en oportunidad de prestar declaración testimonial ante el juez que previno, ratificó la denuncia y, a preguntas que le fueron formuladas, contestó que solo lo conocía por su nombre, tenían poco trato, no había confianza ni nada por el estilo. Que luego del hecho la cambiaron de lugar de trabajo y no se lo cruzó más, trabaja en otra clínica en la misma función pero le exigen más. Se encuentra embarazada, para ella fue una situación traumática, en la empresa no le dieron demasiada importancia. A otras preguntas respondió que la sorprendió por detrás, la tomó fuerte de las muñecas y le apoyó los genitales en la cola, todo fue por encima de las ropas. No alcanzó a gritar pero le dijo en tono serio que la soltara, él no lo hizo y ella empezó a resistirse fuertemente hasta que logró soltarse. Siempre hacía chistes genéricos a todo el personal femenino, ella nunca estableció una relación de confianza, ni le dio lugar a nada. Su compañero G. que estaba en el comedor debió haber visto lo que pasó. Que C. le dijo...

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